Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
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REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
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Artículo 89.- Renovación de redes de distribución.
Cuando por cualquier circunstancia se lleve a cabo una renovación en las redes de
distribución de agua potable, que se encuentren en servicio y bajo responsabilidad del Excmo.
Ayuntamiento de Higuera de Albalat, por entidades distintas al mismo, previamente a realizar
trabajo alguno sobre la conducción existente, se deberá garantizar la menor afectación de los
trabajos al normal servicio de abastecimiento a los usuarios afectados.
En ningún momento, estará autorizado ningún tercero, para realizar conexiones y/o enlaces
sobre las redes de distribución en servicio, siendo el Excmo. Ayuntamiento de Higuera de
Albalat o personal autorizado por él, el único autorizado para la realización de las mismas,
con cargo al promotor y/o constructor de las mismas.
Artículo 90.- Desconexión de acometidas.
Las concesiones de acometidas a las redes de distribución de agua potable deberán ser
únicas para cada inmueble que físicamente constituya una unidad independiente de
edificación, y estarán asociadas a cada unidad independiente de edificación.
Teniendo presente lo establecido en el párrafo anterior, si se producen derribos de la
edificación, parcelaciones distintas a las iniciales, o cambios en la ubicación de la acometida
preexistente por motivos ajenos al Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat, se deberá
proceder a la desconexión de la acometida o acometidas preexistentes, todo ello con cargo al
promotor o propietario de la finca, y a la ejecución, en su caso, de las nuevas acometidas.
Artículo 91.- Suministros con sobreelevación.
Cuando para garantizar el suministro adecuado a las fincas, sea necesaria la instalación de un
sistema de sobreelevación de agua, este se realizará mediante aljibe en la instalación interior.
En el caso de que el edificio cuente con plantas con sobreelevación y plantas con suministro
directo desde la red de distribución, se deberán establecer baterías de contadores
independientes para cada uno de dichos suministros.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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