Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
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REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
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Cuando se proceda a la sustitución de un contador averiado, en el período en los que
convivan los dos aparatos, la estimación de consumos a realizar del período de utilización del
contador averiado, se realizará, tomando como base, el consumo registrado por el contador
de nueva instalación, realizándose el prorrateo pertinente.
Los consumos así estimados, tendrán el carácter de firme en el supuesto de avería en el
contador, y a cuenta en los otros supuestos, en los que, una vez obtenida la lectura real, se
normalizará la situación, por exceso o por defecto, en las facturaciones de los siguientes
períodos a tenor de la lectura practicada en cada uno de ellos.
Artículo 65.- Objeto y periodicidad de la facturación.
Será objeto de facturación por parte del Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat, los
conceptos que procedan de los recogidos en la Ordenanza fiscal, en función de la modalidad
del suministro y a las tarifas vigentes en cada momento.
Los consumos se facturarán por períodos de suministros vencidos y su duración serán
aproximadamente de tres meses.
El primer período se computará desde la fecha de puesta en servicio de la instalación.
Artículo 66.- Requisitos de facturas y recibos.
En las facturas o recibos emitidos por el Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat deberán
constar, como mínimo, los siguientes conceptos:
a) Domicilio objeto del suministro.
b) Tarifa aplicada.
c) Calibre del contador o equipo de medida y su número de identificación.
d) Lecturas del contador que determinan el consumo facturado y fecha de las mismas que
definan el plazo de facturación.
e) Indicación de si los consumos facturados son reales o estimados.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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