Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
125 páginas totales
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REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
34
Artículo 36.- Duración del contrato.
El contrato de suministro se suscribirá por tiempo indefinido, salvo estipulación expresa con
otro carácter. Sin embargo, el abonado podrá darlo por terminado en cualquier momento,
siempre que comunique esta decisión al Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat del
servicio con un mes de antelación.
Los suministros para obras, espectáculos temporales en locales móviles, y en general, para
actividades esporádicas, se contratarán siempre por tiempo definido que expresamente
figurará en el contrato. Si así se define en la correspondiente Ordenanza fiscal reguladora,
podrán establecerse Fianzas para este tipo de suministros de obra.
Los contratos a tiempo fijo, podrán prorrogarse a instancia del titular del suministro, por
causa justificada y con expreso consentimiento del Excmo. Ayuntamiento de Higuera de
Albalat.
Artículo 37.- Cláusulas especiales.
Las cláusulas especiales que puedan consignarse en los contratos de suministro, no
contendrán condición alguna contraria a los preceptos de este Reglamento, ni al código
técnico de edificación CTE DB-HS 4, ni a otra cualquier disposición aprobada sobre la materia
que le sea de aplicación.
Artículo 38.- Causas de suspensión del suministro.
El Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat, sin perjuicio del ejercicio de las acciones de
orden civil o administrativo que la legislación vigente le ampare, podrá suspender el
suministro a sus abonados o usuarios, en los casos siguientes:
a) Por el impago de las facturaciones dentro del plazo establecido al efecto por el Excmo.
Ayuntamiento de Higuera de Albalat, previa notificación al abonado.
b) Cuando un usuario goce del suministro sin contrato escrito a su nombre que lo ampare y
se niegue a su suscripción a requerimiento del Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 15876
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
34
Artículo 36.- Duración del contrato.
El contrato de suministro se suscribirá por tiempo indefinido, salvo estipulación expresa con
otro carácter. Sin embargo, el abonado podrá darlo por terminado en cualquier momento,
siempre que comunique esta decisión al Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat del
servicio con un mes de antelación.
Los suministros para obras, espectáculos temporales en locales móviles, y en general, para
actividades esporádicas, se contratarán siempre por tiempo definido que expresamente
figurará en el contrato. Si así se define en la correspondiente Ordenanza fiscal reguladora,
podrán establecerse Fianzas para este tipo de suministros de obra.
Los contratos a tiempo fijo, podrán prorrogarse a instancia del titular del suministro, por
causa justificada y con expreso consentimiento del Excmo. Ayuntamiento de Higuera de
Albalat.
Artículo 37.- Cláusulas especiales.
Las cláusulas especiales que puedan consignarse en los contratos de suministro, no
contendrán condición alguna contraria a los preceptos de este Reglamento, ni al código
técnico de edificación CTE DB-HS 4, ni a otra cualquier disposición aprobada sobre la materia
que le sea de aplicación.
Artículo 38.- Causas de suspensión del suministro.
El Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat, sin perjuicio del ejercicio de las acciones de
orden civil o administrativo que la legislación vigente le ampare, podrá suspender el
suministro a sus abonados o usuarios, en los casos siguientes:
a) Por el impago de las facturaciones dentro del plazo establecido al efecto por el Excmo.
Ayuntamiento de Higuera de Albalat, previa notificación al abonado.
b) Cuando un usuario goce del suministro sin contrato escrito a su nombre que lo ampare y
se niegue a su suscripción a requerimiento del Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 15876