Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
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REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
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CAPÍTULO IV.- ACOMETIDAS
Artículo 17.- Concesión.
La concesión de acometida para suministro de agua potable, corresponde al Excmo.
Ayuntamiento de Higuera de Albalat, quien la podrá conceder en todos aquellos casos en los
que concurran las condiciones y circunstancias que se establecen en este Reglamento, estará
obligado a otorgarla con arreglo a las normas del mismo.
Artículo 18.- Condiciones de la concesión.
La concesión para una acometida de suministro de agua estará supeditada a que se cumplan
las condiciones de abastecimiento pleno, que se establecen seguidamente:
1. Que el inmueble a abastecer esté situado en el área de cobertura del abastecimiento,
diferenciándose entre acometidas en núcleo urbano (consolidado suelo urbano y extrarradio).
2. Que el inmueble que se pretende abastecer cuente con instalaciones interiores
disponibles y adecuadas a las normas del presente Reglamento y al código técnico de
edificación CT DB-HS 4.
3. Que el inmueble a abastecer disponga de acometida para vertidos de agua residuales,
pluviales, o tenga resuelto el sistema de evacuación de las mismas, disponiendo, en este caso,
de las autorizaciones precisas para ello.
4. Que en las calles o plazas de carácter público que linden con el inmueble, o a que este
dé fachada, existan instaladas y en servicio, conducciones públicas de la red de distribución
de agua potable. Será requisito indispensable, que exista conducción sobre la calle que se
encuentre a una menor distancia de la ubicación proyectada de la correspondiente batería o
instalación de contador individual.
5. Que la conducción que ha de abastecer al inmueble se encuentre en perfecto estado
de servicio, y su capacidad de transporte sea, como mínimo, el cuádruplo de la que en
igualdad de régimen hidráulico corresponda a la acometida a derivar.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
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