Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera de Albalat. (BOP-2023-3126)
BOP-2023-3126 Aprobación Reglamento abastecimiento saneamiento y depuración de Aguas
125 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
REGLAMENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE
ALCANTARILLADO Y DEPURACION DEL EXCMO. AYTO. DE HIGUERA
DE ALBALAT
14
acredite, a fin de que pueda efectuar cuantas comprobaciones estén relacionadas con el
suministro.
Igualmente, está obligado a ceder al Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat el uso de
los locales, recintos o arquetas necesarios para la instalación de los equipos de medida y
elementos auxiliares adecuados en cada caso.
Derivaciones a terceros: Los abonados no podrán, bajo ningún concepto, ceder gratuita o
irremuneradamente agua a terceros, ya sea con carácter permanente o temporal, siendo
responsables de toda defraudación que se produzca en su suministro, bien por sí o por
cualquier otra persona que de él dependa.
Avisos de averías: Los abonados deberán, en interés general y en el suyo propio, poner en
conocimiento del Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat cualquier avería o perturbación
producida o que, a su juicio, se pudiera producir en la red general de distribución.
Usos y alcance de los suministros: Los abonados están obligados a utilizar el agua
suministrada en la forma y para los usos contratados.
Asimismo, están obligados a solicitar al Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat la
autorización pertinente para cualquier modificación en sus instalaciones, que implique un
aumento en los caudales contratados para el suministro, o modificación en el número de los
receptores.
Notificación de baja: El abonado que desee causar baja en el servicio de abastecimiento
estará obligado a interesar por escrito al Excmo. Ayuntamiento de Higuera de Albalat del
servicio dicha baja, indicando, en todo caso, la fecha en la que debe cesar.
Recuperación de caudales: Aquellos abonados que en sus instalaciones dispongan de piscinas,
equipos de refrigeración o instalaciones frigoríficas que utilicen el agua como medio portador
de energía térmica, deberán equipar dichas instalaciones con equipos de reciclaje.
Independencia de instalaciones: Cuando en una misma finca exista junto al agua de
distribución pública agua de otra procedencia, el abonado vendrá obligado a establecer redes
e instalaciones interiores por donde circulen o se almacenen independientemente las aguas,
sin que exista posibilidad de que se mezclen las de una y otra procedencia.
CVE:
BOP-2023-3126
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de mayo de 2023
N.º 0091
Pág. 15856