Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salorino. (BOP-2023-3085)
BOP-2023-3085 Aprobación definitiva Reglamento de Régimen Interno Programa Colaborativo Rural "en Salorino Pintamos"
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Artículo 15: FALTAS MUY GRAVES.
- Más de seis faltas de puntualidad sin causa justificada en el período de un mes.
- Tres faltas de asistencia sin causa justificada en el período de un mes.
- Nueve faltas de asistencia sin causa justificada en el período de un semestre.
- La manifiesta insubordinación, comportamiento inadecuado o notoria falta de rendimiento en
el cumplimiento de sus obligaciones.
- Hacer desaparecer, inutilizar, destrozar o causar desperfectos de importancia en
instalaciones, maquinaria, herramientas o materiales y, en general, cualquier conducta
constitutiva de delito doloso.
- El consumo habitual de alcohol o drogas que repercuta gravemente en el trabajo.
- El maltrato verbal o físico, o la falta grave de respeto y consideración en la persona de un/a
compañer/a, monitor/a o directivo.
- La reincidencia en la comisión de faltas graves, hasta tres en el período de un año, aunque
sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de sanción.
- El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.
- No tramitar en tiempo los partes correspondientes a las bajas o altas en Seguridad Social.
- Ante un hecho concreto siempre que repercuta en el buen funcionamiento del PCR “ En
Salorino Pintamos” , el equipo directivo y docente podría calificarlo como muy grave.
Capítulo 2.- SANCIONES
Las sanciones que procederá imponer en cada caso, atendiendo a la gravedad de la falta
cometida, serán las siguientes:
Artículo 16: LEVES.
- Amonestación verbal y por escrito, que se comunicará a la Dirección que hará constar la falta
y la sanción acordada en el expediente personal del alumno/a-trabajador/a.
- Suspensión de empleo de un día, mediante comunicación escrita de las causas que la
motivan.
CVE:
BOP-2023-3085
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
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