Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-3056)
BOP-2023-3056 Bases que han de regir la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa para favorecer la conciliación familiar, personal y laboral en el municipio de Cáceres, 2023.
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Referencia: 2023/00012675Y AYUDAS CONCILIACION 2023
Procedimiento: Expedientes de convocatoria de subvenciones de concesión directa
Asunto: CONVOCATORIA AYUDAS CONICLIACION 2023
Instituto Municipal de Asuntos Sociales
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESION DE SUBVENCIONES
EN REGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA PARA FAVORECER LA
CONCILIACIÓN FAMILIAR, PERSONAL Y LABORAL EN EL MUNICIPIO
DE CÁCERES AÑO 2023.
PREÁMBULO.
La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres reconoce el derecho a la conciliación
de la vida laboral, familiar y personal y fomenta la corresponsabilidad entre mujeres y
hombres.
Conciliar la vida familiar y laboral siempre ha sido un reto difícil para las familias y el plan de
desescalada ha vuelto a evidenciar esas dificultades. La reactivación laboral está
suponiendo un problema que empieza a afectar cada vez a más familias, especialmente a
las que no disponen de redes familiares ni recursos para afrontarlo. La falta de medidas de
conciliación sitúa a las familias, y principalmente a las mujeres, en la dura situación de tener
que renunciar a trabajar para poder cuidar, lo que aumenta la precariedad de los hogares y
la pobreza infantil.
Además los empleos con salarios más bajos y precarios suelen ser presenciales y no
admiten el teletrabajo, o hay progenitores que han perdido su trabajo durante esta crisis y no
tienen con quien dejar a sus hijos para poder iniciar la búsqueda de empleo.
En el caso de las mujeres víctimas de violencia de género es una situación muy habitual que
tengan que afrontar solas el cuidado de los hijos, una situación que dificulta aún más
compatibilizar trabajo, familia y cuidado personal, ya que una sola persona debe encargarse
de todas las tareas por lo que es necesario que reciban un apoyo concreto y especifico.
En el ámbito nacional, la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la Conciliación de
la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras y el Plan Integral de Apoyo a la
Familia 2001-2004, contemplan medidas para la conciliación, para mejorar la calidad de la
vida familiar y para garantizar el principio de continuidad demográfica.
Otro avance en el camino de la conciliación es la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres que pretende evitar la discriminación contra
las mujeres en cualquier ámbito de la vida o actuación pública o privada.
En el contexto autonómico, la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y
Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura desarrolla en el Capítulo III
medidas para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, mediante actuaciones
que contribuyan a fomentar un reparto más equilibrado entre las mujeres y los hombres de
las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y atención de las
personas en situación de dependencia, con especial atención a las familias monoparentales
con personas dependientes.
A nivel local, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, queda recogida en el I
Plan para la Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de
CVE:
BOP-2023-3056
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
Pág. 15552
CSV: 14614113214514051674 en http://sede.caceres.es
Referencia: 2023/00012675Y AYUDAS CONCILIACION 2023
Procedimiento: Expedientes de convocatoria de subvenciones de concesión directa
Asunto: CONVOCATORIA AYUDAS CONICLIACION 2023
Instituto Municipal de Asuntos Sociales
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESION DE SUBVENCIONES
EN REGIMEN DE CONCESIÓN DIRECTA PARA FAVORECER LA
CONCILIACIÓN FAMILIAR, PERSONAL Y LABORAL EN EL MUNICIPIO
DE CÁCERES AÑO 2023.
PREÁMBULO.
La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres reconoce el derecho a la conciliación
de la vida laboral, familiar y personal y fomenta la corresponsabilidad entre mujeres y
hombres.
Conciliar la vida familiar y laboral siempre ha sido un reto difícil para las familias y el plan de
desescalada ha vuelto a evidenciar esas dificultades. La reactivación laboral está
suponiendo un problema que empieza a afectar cada vez a más familias, especialmente a
las que no disponen de redes familiares ni recursos para afrontarlo. La falta de medidas de
conciliación sitúa a las familias, y principalmente a las mujeres, en la dura situación de tener
que renunciar a trabajar para poder cuidar, lo que aumenta la precariedad de los hogares y
la pobreza infantil.
Además los empleos con salarios más bajos y precarios suelen ser presenciales y no
admiten el teletrabajo, o hay progenitores que han perdido su trabajo durante esta crisis y no
tienen con quien dejar a sus hijos para poder iniciar la búsqueda de empleo.
En el caso de las mujeres víctimas de violencia de género es una situación muy habitual que
tengan que afrontar solas el cuidado de los hijos, una situación que dificulta aún más
compatibilizar trabajo, familia y cuidado personal, ya que una sola persona debe encargarse
de todas las tareas por lo que es necesario que reciban un apoyo concreto y especifico.
En el ámbito nacional, la Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la Conciliación de
la Vida Familiar y Laboral de las Personas Trabajadoras y el Plan Integral de Apoyo a la
Familia 2001-2004, contemplan medidas para la conciliación, para mejorar la calidad de la
vida familiar y para garantizar el principio de continuidad demográfica.
Otro avance en el camino de la conciliación es la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres que pretende evitar la discriminación contra
las mujeres en cualquier ámbito de la vida o actuación pública o privada.
En el contexto autonómico, la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y
Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura desarrolla en el Capítulo III
medidas para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, mediante actuaciones
que contribuyan a fomentar un reparto más equilibrado entre las mujeres y los hombres de
las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y el cuidado y atención de las
personas en situación de dependencia, con especial atención a las familias monoparentales
con personas dependientes.
A nivel local, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, queda recogida en el I
Plan para la Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de
CVE:
BOP-2023-3056
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de mayo de 2023
N.º 0089
Pág. 15552