Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2023-2990)
BOP-2023-2990 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora Centro de Día.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUIJO DE GALISTEO (CÁCERES)
Plaza de España Nº 1; Teléfono: 927449061; Fax: 927449100; NIF: P-1009200-E
administracion@guijodegalisteo.es
a) Por la consecución de los objetivos asistenciales propuestos.
b) Por la imposibilidad de cumplimiento de dichos objetivos.
c) Por hacerse necesaria su atención en otro tipo de servicio, bien por
haberse modificado las circunstancias personales de los interesados
que dieron lugar a su atención u otras causas que afecten a la
eficacia del servicio.
2.3. Criterios de no admisión o exclusión de los usuarios.
a) Criterios médicos:
- Por enfermedades en situación Terminal.
- Por enfermedades infectocontagiosas.
b) Criterios de exclusión funcional:
- Alteración nutricional grave continuada.
- Encajamiento: inmovilizado en cama, atención continuada.
- Secuelas irreversibles que requieran cuidados permanentes de
enfermería (colostomía, úlceras por presión-escaras-úlceras
vasculares severas).
- Curas continuadas de enfermería o dependencia de aparatos
para mantener funciones vitales: oxigenoterapia, sondajes
(sonda naso gástrica o gastronomía, bolsa de alimentación en
abdomen).
c) Criterios de exclusión cognitivos-conductuales:
- Perturbaciones psicóticas importantes, difíciles de controlar
con medicación.
- Comunicación continua a gritos, agitación intensa no
controlable con medicación.
- Comportamientos violentos para sí mismos o para los demás.
Cód.
Validación:
93DG2WFK2J93ALPYKPT437Z3H
Verificación:
https://guijodegalisteo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de mayo de 2023
N.º 0087
Pág. 15301
Plaza de España Nº 1; Teléfono: 927449061; Fax: 927449100; NIF: P-1009200-E
administracion@guijodegalisteo.es
a) Por la consecución de los objetivos asistenciales propuestos.
b) Por la imposibilidad de cumplimiento de dichos objetivos.
c) Por hacerse necesaria su atención en otro tipo de servicio, bien por
haberse modificado las circunstancias personales de los interesados
que dieron lugar a su atención u otras causas que afecten a la
eficacia del servicio.
2.3. Criterios de no admisión o exclusión de los usuarios.
a) Criterios médicos:
- Por enfermedades en situación Terminal.
- Por enfermedades infectocontagiosas.
b) Criterios de exclusión funcional:
- Alteración nutricional grave continuada.
- Encajamiento: inmovilizado en cama, atención continuada.
- Secuelas irreversibles que requieran cuidados permanentes de
enfermería (colostomía, úlceras por presión-escaras-úlceras
vasculares severas).
- Curas continuadas de enfermería o dependencia de aparatos
para mantener funciones vitales: oxigenoterapia, sondajes
(sonda naso gástrica o gastronomía, bolsa de alimentación en
abdomen).
c) Criterios de exclusión cognitivos-conductuales:
- Perturbaciones psicóticas importantes, difíciles de controlar
con medicación.
- Comunicación continua a gritos, agitación intensa no
controlable con medicación.
- Comportamientos violentos para sí mismos o para los demás.
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