Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guijo de Galisteo. (BOP-2023-2990)
BOP-2023-2990 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora Centro de Día.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUIJO DE GALISTEO (CÁCERES)
Plaza de España Nº 1; Teléfono: 927449061; Fax: 927449100; NIF: P-1009200-E
administracion@guijodegalisteo.es
Artículo 2. Beneficiarios. Admisión y exclusión.
2.1. Requisitos:
a) Tener cumplidos 60 años.
b) Ser pensionista y tener más de 55 años.
c) Ser mayor de 55 años y tener suscrito convenio especial o percibir
prestación por desempleo hasta la edad de jubilación.
d) Podrán ser admitidos cónyuges o parejas de hecho de los anteriores, aún
cuando no reúnan las condiciones.
e) No parecer enfermedad infecto-contagiosa, ni trastornos mentales
susceptibles de alterar las normas del Centro.
Para efectuar el ingreso en el centro es imprescindible solicitud firmada por el
interesado, tutor o representante legal. El acceso se efectuará de acuerdo con la
normativa vigente de la Junta de Extremadura.
Se considera período de adaptación del interesado el constituido por los treinta días
naturales siguientes al ingreso. Si durante dicho periodo, se apreciasen
comportamientos que impidieran la atención adecuada del interesado se emitirán los
informes pertenecientes a fin de que el Ayuntamiento resuelva lo que proceda.
2.2. Finalización de la estancia en el centro.
La permanencia de un usuario en el centro se dará por finalizada en alguna
de las siguientes circunstancias.
1. A petición propia, de familiar, tutor o representante legal:
a) Por renuncia voluntaria.
b) Por ingreso en un centro residencial.
c) Por cambio de domicilio a otra localidad.
d) Por fallecimiento.
2. A propuesta del equipo profesional:
Cód.
Validación:
93DG2WFK2J93ALPYKPT437Z3H
Verificación:
https://guijodegalisteo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-2990
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 10 de mayo de 2023
N.º 0087
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