Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2023-2956)
BOP-2023-2956 Aprobación del plan de integridad y de medidas antifraude.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que
se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en su
apartado 5.b, el plan de medidas antifraude cumple los requerimientos mínimos para estructurar
las medidas antifraude de manera proporcionada y en torno a los cuatro elementos clave del
denominado ciclo antifraude: Prevención, detección, corrección y persecución.
7. MEDIDAS ANTIFRAUDE
Este Ayuntamiento, una vez realizada la autoevaluación del riesgo de fraude, articula las
siguientes medidas y procedimientos estructurados en torno a los cuatro elementos clave del ciclo
de lucha contra el fraude.
7.1.- Medidas de prevención
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, este Ayuntamiento suscribe una declaración institucional antifraude basada en los valores
de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el Anexo IV.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su
general conocimiento.
B. Código de conducta.
Este Ayuntamiento suscribe un código de conducta y principios éticos que deberán cumplir
todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento esperado ante posibles
circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes
compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos Públicos.
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.
Cód.
Validación:
AGGX2QWTEER5DXDLS2ZNG95LQ
Verificación:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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8
de
38
CVE:
BOP-2023-2956
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de mayo de 2023
N.º 0086
Pág. 15202
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se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en su
apartado 5.b, el plan de medidas antifraude cumple los requerimientos mínimos para estructurar
las medidas antifraude de manera proporcionada y en torno a los cuatro elementos clave del
denominado ciclo antifraude: Prevención, detección, corrección y persecución.
7. MEDIDAS ANTIFRAUDE
Este Ayuntamiento, una vez realizada la autoevaluación del riesgo de fraude, articula las
siguientes medidas y procedimientos estructurados en torno a los cuatro elementos clave del ciclo
de lucha contra el fraude.
7.1.- Medidas de prevención
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de la entidad,
para ello, este Ayuntamiento suscribe una declaración institucional antifraude basada en los valores
de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el Anexo IV.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento para su
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B. Código de conducta.
Este Ayuntamiento suscribe un código de conducta y principios éticos que deberán cumplir
todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento esperado ante posibles
circunstancias que pudieran dar lugar a fraude y sus principios se basan en los siguientes
compromisos de conducta:
Cumplimiento riguroso de la legislación aplicable.
Uso adecuado de los recursos Públicos.
Integridad, profesionalidad y honradez en la gestión.
Transparencia y buen uso de la información.
Trato imparcial y no discriminatorio a beneficiarios.
Salvaguarda de la reputación del Ayuntamiento en la gestión de Fondos.
Cód.
Validación:
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