Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2023-2956)
BOP-2023-2956 Aprobación del plan de integridad y de medidas antifraude.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
ANEXO V: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.
Este Ayuntamiento manifiesta públicamente en una Declaración Institucional la política de
tolerancia cero frente al fraude y la corrupción.
Este Ayuntamiento cuenta con procedimientos para la puesta en marcha de medidas
eficaces y proporcionadas contra el fraude, teniendo en cuenta los riesgos detectados.
Estos procedimientos incluyen, dentro de las medidas destinadas a prevenir el fraude, la
divulgación de un Código Ético de Conducta del personal del Ayuntamiento. El presente Código
constituye una herramienta fundamental para transmitir los valores y las pautas de conducta en
materia de fraude, recogiendo los principios que deben servir de guía y regir la actividad del
personal empleado público.
PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES
La actividad diaria del personal municipal debe reflejar el cumplimiento de los principios
éticos recogidos en los artículos 52 a 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que
establecen lo siguiente:
CAPÍTULO VI
Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta
Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.
Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan
asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del
resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios:
objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación
al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez,
promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y
hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los
principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.
Los principios y reglas establecidos en este capítulo informarán la interpretación y
aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.
Cód.
Validación:
AGGX2QWTEER5DXDLS2ZNG95LQ
Verificación:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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38
CVE:
BOP-2023-2956
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de mayo de 2023
N.º 0086
Pág. 15213
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ANEXO V: CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.
Este Ayuntamiento manifiesta públicamente en una Declaración Institucional la política de
tolerancia cero frente al fraude y la corrupción.
Este Ayuntamiento cuenta con procedimientos para la puesta en marcha de medidas
eficaces y proporcionadas contra el fraude, teniendo en cuenta los riesgos detectados.
Estos procedimientos incluyen, dentro de las medidas destinadas a prevenir el fraude, la
divulgación de un Código Ético de Conducta del personal del Ayuntamiento. El presente Código
constituye una herramienta fundamental para transmitir los valores y las pautas de conducta en
materia de fraude, recogiendo los principios que deben servir de guía y regir la actividad del
personal empleado público.
PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES
La actividad diaria del personal municipal debe reflejar el cumplimiento de los principios
éticos recogidos en los artículos 52 a 54 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que
establecen lo siguiente:
CAPÍTULO VI
Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta
Artículo 52. Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta.
Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan
asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del
resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios:
objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación
al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez,
promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y
hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los
principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.
Los principios y reglas establecidos en este capítulo informarán la interpretación y
aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.
Cód.
Validación:
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N.º 0086
Pág. 15213