Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2023-2950)
BOP-2023-2950 Aprobación del plan de integridad y de medidas antifraude.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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coordinar las acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la Unión
Europe contra el fraude en colaboración con la Oficina Europea de Lucha contra el
fraude (OLAF).
A través de este canal de denuncia abierto, cualquier persona podrá notificar las
sospechas de fraude y las presuntas irregularidades que, a ese respecto, pueda haber
detectado, y se le informará de que:
1. La denuncia será tenida en cuenta y les serán comunicados los resultados de
las gestiones realizadas.
2. Se respetará la confidencialidad y la protección de datos personales.
3. No sufrirán represalia alguna, ni serán sancionados en el caso de que se trate
de funcionarios públicos.
7.3.- Medidas de corrección y persecución
A. Procedimiento para abordar conflictos de intereses.
De acuerdo con el artículo 131 del Reglamento (UE) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, la correcta actuación ante potenciales
fraudes deberá ser la que sigue: comunicación de los hechos, tramitación y resolución.
En caso de sospechas fundadas de la existencia de un conflicto de intereses, se
comunicarán al superior jerárquico del implicado que procederá a llevar a cabo los
controles e investigaciones necesarios.
a) Si los controles no corroboran la información, se procederá a cerrar el caso.
b) Si los resultados de los controles confirman la información inicial, y el
conflicto de intereses es de tipo administrativo, el superior jerárquico podrá:
- adoptar las sanciones disciplinarias y las medidas administrativas que procedan
contra el funcionario implicado; en particular se aplicara de manera estricta el artículo
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo
a la recusación;
Cód.
Validación:
4SATJXTSFZXSWAR64LG6F3TYK
Verificación:
https://santibanezelalto.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-2950
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de mayo de 2023
N.º 0086
Pág. 15154
Europe contra el fraude en colaboración con la Oficina Europea de Lucha contra el
fraude (OLAF).
A través de este canal de denuncia abierto, cualquier persona podrá notificar las
sospechas de fraude y las presuntas irregularidades que, a ese respecto, pueda haber
detectado, y se le informará de que:
1. La denuncia será tenida en cuenta y les serán comunicados los resultados de
las gestiones realizadas.
2. Se respetará la confidencialidad y la protección de datos personales.
3. No sufrirán represalia alguna, ni serán sancionados en el caso de que se trate
de funcionarios públicos.
7.3.- Medidas de corrección y persecución
A. Procedimiento para abordar conflictos de intereses.
De acuerdo con el artículo 131 del Reglamento (UE) 2018/1046 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, la correcta actuación ante potenciales
fraudes deberá ser la que sigue: comunicación de los hechos, tramitación y resolución.
En caso de sospechas fundadas de la existencia de un conflicto de intereses, se
comunicarán al superior jerárquico del implicado que procederá a llevar a cabo los
controles e investigaciones necesarios.
a) Si los controles no corroboran la información, se procederá a cerrar el caso.
b) Si los resultados de los controles confirman la información inicial, y el
conflicto de intereses es de tipo administrativo, el superior jerárquico podrá:
- adoptar las sanciones disciplinarias y las medidas administrativas que procedan
contra el funcionario implicado; en particular se aplicara de manera estricta el artículo
24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo
a la recusación;
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