Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2023-2950)
BOP-2023-2950 Aprobación del plan de integridad y de medidas antifraude.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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El ciclo antifraude se define como un proceso contra las prácticas fraudulentas,
recogido en el artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En virtud de este, la entidad local tendrá la obligación de
tomar las medidas necesarias para prevenir, detectar, corregir y perseguir el fraude.
De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, en su apartado 5.b, el plan de medidas antifraude cumple los
requerimientos mínimos para estructurar las medidas antifraude de manera
proporcionada y en torno a los cuatro elementos clave del denominado ciclo antifraude:
Prevención, detección, corrección y persecución.
7. MEDIDAS ANTIFRAUDE
Este Ayuntamiento, una vez realizada la autoevaluación del riesgo de fraude,
articula las siguientes medidas y procedimientos estructurados en torno a los cuatro
elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude.
7.1.- Medidas de prevención
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de
la entidad, para ello, este Ayuntamiento suscribe una declaración institucional antifraude
basada en los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el Anexo IV.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento
para su general conocimiento.
B. Código de conducta.
Este Ayuntamiento suscribe un código de conducta y principios éticos que
deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento
Cód.
Validación:
4SATJXTSFZXSWAR64LG6F3TYK
Verificación:
https://santibanezelalto.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
47
CVE:
BOP-2023-2950
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de mayo de 2023
N.º 0086
Pág. 15150
recogido en el artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia. En virtud de este, la entidad local tendrá la obligación de
tomar las medidas necesarias para prevenir, detectar, corregir y perseguir el fraude.
De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, en su apartado 5.b, el plan de medidas antifraude cumple los
requerimientos mínimos para estructurar las medidas antifraude de manera
proporcionada y en torno a los cuatro elementos clave del denominado ciclo antifraude:
Prevención, detección, corrección y persecución.
7. MEDIDAS ANTIFRAUDE
Este Ayuntamiento, una vez realizada la autoevaluación del riesgo de fraude,
articula las siguientes medidas y procedimientos estructurados en torno a los cuatro
elementos clave del ciclo de lucha contra el fraude.
7.1.- Medidas de prevención
A. Declaración política.
Se considera necesario manifestar y difundir al máximo la postura antifraude de
la entidad, para ello, este Ayuntamiento suscribe una declaración institucional antifraude
basada en los valores de integridad, objetividad, rendición de cuentas y honradez.
El contenido de la declaración institucional se incluye en el Anexo IV.
Esta declaración institucional se publicará en la página web del Ayuntamiento
para su general conocimiento.
B. Código de conducta.
Este Ayuntamiento suscribe un código de conducta y principios éticos que
deberán cumplir todos los empleados públicos. Este código establece el comportamiento
Cód.
Validación:
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Verificación:
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