Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. (BOP-2023-2915)
BOP-2023-2915 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en Ayuntamientos de Extremadura.
41 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Están exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de
hecho, así como sus descendientes, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace
referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, y que así lo acrediten.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exenta o exento,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión del/la aspirante.
Cuarta.- Admisión de personas candidatas.
Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección
General de Emergencias, Protección Civil e Interior, dictará Resolución, en el plazo máximo de
dos meses, declarando aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas al
proceso unificado.
La resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, así
como en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura
(www.aspex.juntaex.es), y en el trámite publicado en https://juntaex.es , contendrá la relación
alfabética de los y las aspirantes admitidas y excluidas, así como las causas de su exclusión
,concediéndose un plazo de 10 días hábiles a efectos de posibles reclamaciones, que se
presentarán, según lo establecido en la base 3.2 para las solicitudes.
Asimismo, aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo concedido al efecto, no subsanen el defecto que
motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la
relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo.
En el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, así como
en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, www.aspex.juntaex.es,
la Resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta
resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas.
Las listas, provisionales o definitivas, se expondrán, en todo caso, en la Academia de Seguridad
Pública de Extremadura, en el trámite publicado en http:// juntaex.es, y en las Oficinas de
Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas será determinante de los
plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se indicará el lugar, fecha y hora
de comienzo del primer ejercicio, tal como se establece en la Base Sexta.
CVE:
BOP-2023-2915
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de mayo de 2023
N.º 0085
Pág. 14908
a) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas de
hecho, así como sus descendientes, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace
referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, y que así lo acrediten.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exenta o exento,
dentro del plazo de presentación de solicitudes, determinará la exclusión del/la aspirante.
Cuarta.- Admisión de personas candidatas.
Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección
General de Emergencias, Protección Civil e Interior, dictará Resolución, en el plazo máximo de
dos meses, declarando aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas al
proceso unificado.
La resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, así
como en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura
(www.aspex.juntaex.es), y en el trámite publicado en https://juntaex.es , contendrá la relación
alfabética de los y las aspirantes admitidas y excluidas, así como las causas de su exclusión
,concediéndose un plazo de 10 días hábiles a efectos de posibles reclamaciones, que se
presentarán, según lo establecido en la base 3.2 para las solicitudes.
Asimismo, aquellas personas aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus
datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo concedido al efecto, no subsanen el defecto que
motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidas en la
relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la participación en el
proceso selectivo.
En el término de 15 días hábiles desde que finalice el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, así como
en la página web de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura, www.aspex.juntaex.es,
la Resolución por la que se aprueben las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Esta
resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas.
Las listas, provisionales o definitivas, se expondrán, en todo caso, en la Academia de Seguridad
Pública de Extremadura, en el trámite publicado en http:// juntaex.es, y en las Oficinas de
Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura.
La publicación de la resolución aprobatoria de las listas definitivas será determinante de los
plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos, y en ella se indicará el lugar, fecha y hora
de comienzo del primer ejercicio, tal como se establece en la Base Sexta.
CVE:
BOP-2023-2915
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de mayo de 2023
N.º 0085
Pág. 14908