Sección II - Administración Autonómica. Junta de Extremadura. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. (BOP-2023-2915)
BOP-2023-2915 Convocatoria proceso unificado para la provisión de 61 plazas de Agente de la Policía Local en Ayuntamientos de Extremadura.
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relación de respuestas válidas correspondientes a cada prueba, disponiendo las personas
interesadas de un plazo de 5 días naturales para efectuar reclamaciones ante el
Tribunal en relación a dichas preguntas. Estas reclamaciones se entenderán resueltas con la
decisión que adopte el Tribunal con la publicación definitiva de la plantilla correctora.
Tras la celebración de cada prueba, el Tribunal de Selección publicará las calificaciones obtenidas
por las personas aspirantes, disponiendo éstas de un plazo de diez días hábiles para formular las
alegaciones que consideren oportunas. Dichas alegaciones serán resueltas por aquél y
notificadas a las interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
La puntuación total alcanzada por cada aspirante, que haya superado la fase de oposición,
determinará el orden de la clasificación definitiva de la fase de oposición.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener
en cuenta, a efectos de desempate, y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese
serán:
1. Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test.
2. Mayor puntuación en la prueba práctica.
3. Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test.
4. Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test.
5. Por último, y de persistir el empate tras la aplicación de los criterios anteriores, se dará
preferencia a la candidatura del sexo con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la
Policia Local en Extremadura, cuándo éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la
totalidad.
Serán seleccionadas las personas aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, sin que
su número pueda superar el de plazas objeto de esta convocatoria.
8.2. Relación de personas aprobadas:
Terminada la calificación de las personas aspirantes aprobadas, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá las seleccionadas, por orden decreciente de puntuación, que será elevado a la
Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior.
Asimismo, el órgano de selección elaborará, también por orden decreciente de puntuación, una
lista de reserva con un número de personas aspirantes que será, como mínimo, igual al de
aprobadas. En la lista de reserva figurarán aquellas que, aunque superaron el proceso selectivo,
no resultaron aprobadas por obtener una puntuación inferior a la de la última persona que
obtuvo plaza.
8.3. Elección de plaza.
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior convocará a quienes obtuvieron
plaza, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, a una reunión presencial para elección
de la misma, dentro de las comprendidas en la convocatoria en el proceso selectivo unitario, por
riguroso orden de la puntuación.
La concurrencia por parte de las personas aprobadas a la reunión prevista en este artículo es
obligatoria, con la única excepción prevista para las mujeres embarazadas en el apartado c) de
la base séptima de la presente convocatoria.
CVE:
BOP-2023-2915
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de mayo de 2023
N.º 0085
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interesadas de un plazo de 5 días naturales para efectuar reclamaciones ante el
Tribunal en relación a dichas preguntas. Estas reclamaciones se entenderán resueltas con la
decisión que adopte el Tribunal con la publicación definitiva de la plantilla correctora.
Tras la celebración de cada prueba, el Tribunal de Selección publicará las calificaciones obtenidas
por las personas aspirantes, disponiendo éstas de un plazo de diez días hábiles para formular las
alegaciones que consideren oportunas. Dichas alegaciones serán resueltas por aquél y
notificadas a las interesadas antes de la celebración, en su caso, de la siguiente prueba.
La puntuación total alcanzada por cada aspirante, que haya superado la fase de oposición,
determinará el orden de la clasificación definitiva de la fase de oposición.
En caso de que dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener
en cuenta, a efectos de desempate, y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese
serán:
1. Mayor puntuación en la prueba de conocimiento tipo test.
2. Mayor puntuación en la prueba práctica.
3. Menor número de respuestas incorrectas en la prueba de conocimiento tipo test.
4. Menor número de respuestas no contestadas en la prueba de conocimiento tipo test.
5. Por último, y de persistir el empate tras la aplicación de los criterios anteriores, se dará
preferencia a la candidatura del sexo con menor presencia en el conjunto de la plantilla de la
Policia Local en Extremadura, cuándo éste no represente, al menos, el 40 por ciento de la
totalidad.
Serán seleccionadas las personas aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación, sin que
su número pueda superar el de plazas objeto de esta convocatoria.
8.2. Relación de personas aprobadas:
Terminada la calificación de las personas aspirantes aprobadas, el Tribunal publicará un anuncio
que contendrá las seleccionadas, por orden decreciente de puntuación, que será elevado a la
Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior.
Asimismo, el órgano de selección elaborará, también por orden decreciente de puntuación, una
lista de reserva con un número de personas aspirantes que será, como mínimo, igual al de
aprobadas. En la lista de reserva figurarán aquellas que, aunque superaron el proceso selectivo,
no resultaron aprobadas por obtener una puntuación inferior a la de la última persona que
obtuvo plaza.
8.3. Elección de plaza.
La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior convocará a quienes obtuvieron
plaza, conforme a lo dispuesto en el apartado anterior, a una reunión presencial para elección
de la misma, dentro de las comprendidas en la convocatoria en el proceso selectivo unitario, por
riguroso orden de la puntuación.
La concurrencia por parte de las personas aprobadas a la reunión prevista en este artículo es
obligatoria, con la única excepción prevista para las mujeres embarazadas en el apartado c) de
la base séptima de la presente convocatoria.
CVE:
BOP-2023-2915
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de mayo de 2023
N.º 0085
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