Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-2868)
BOP-2023-2868 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de gestión de residuos.
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Ordenanza de Residuos Ayuntamiento de Cedillo
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servicios, en los términos que establezcan sus respectivas ordenanzas.
Las Entidades Locales se podrán hacer cargo de la gestión de los residuos
comerciales no peligrosos y de los residuos domésticos generados en las industrias,
de conformidad con lo previsto en los artículos 12.5.e de la Ley 7/2022, cuando los
establecimientos decidan de manera voluntaria acogerse al sistema de gestión
municipal o, cuando la Entidad Local, haya establecido su propio sistema de
gestión e imponga, de manera motivada y basándose en criterios de mayor
eficiencia y eficacia en la gestión de los residuos, la incorporación obligatoria de
estos productores de residuos al sistema de gestión municipal. En caso de que el
productor de residuos comerciales no se acoja al sistema público deberá acreditar
adecuadamente la correcta gestión de sus residuos a la Entidad Local, tal y como
se establece en el artículo 20.3 de la Ley 7/2022.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación, de todas aquellas
conductas y actividades dirigidas al depósito y la recogida de residuos de
competencia municipal en el municipio de Cedillo, con objeto de evitar su
generación, y cuando ello no sea posible, facilitar por este orden, su gestión
mediante preparación para la reutilización, reciclado, y otras formas de
valorización material o energética, de forma que se reduzca su depósito en
vertederos y así conseguir el mejor resultado ambiental global, mitigando los
impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente.
2. En el ejercicio de las competencias municipales, la presente Ordenanza
desarrolla la legislación estatal y autonómica en materia de residuos y de régimen
local, debiendo en todo momento interpretarse y aplicarse de acuerdo con la
citada legislación.
3. Todas las personas físicas o jurídicas que depositen residuos en los medios,
instalaciones o servicios habilitados al efecto por el Ayuntamiento en este
municipio están obligadas a cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza y en las
normas que se dicten para su interpretación o desarrollo.
CVE:
BOP-2023-2868
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14635
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servicios, en los términos que establezcan sus respectivas ordenanzas.
Las Entidades Locales se podrán hacer cargo de la gestión de los residuos
comerciales no peligrosos y de los residuos domésticos generados en las industrias,
de conformidad con lo previsto en los artículos 12.5.e de la Ley 7/2022, cuando los
establecimientos decidan de manera voluntaria acogerse al sistema de gestión
municipal o, cuando la Entidad Local, haya establecido su propio sistema de
gestión e imponga, de manera motivada y basándose en criterios de mayor
eficiencia y eficacia en la gestión de los residuos, la incorporación obligatoria de
estos productores de residuos al sistema de gestión municipal. En caso de que el
productor de residuos comerciales no se acoja al sistema público deberá acreditar
adecuadamente la correcta gestión de sus residuos a la Entidad Local, tal y como
se establece en el artículo 20.3 de la Ley 7/2022.
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación, de todas aquellas
conductas y actividades dirigidas al depósito y la recogida de residuos de
competencia municipal en el municipio de Cedillo, con objeto de evitar su
generación, y cuando ello no sea posible, facilitar por este orden, su gestión
mediante preparación para la reutilización, reciclado, y otras formas de
valorización material o energética, de forma que se reduzca su depósito en
vertederos y así conseguir el mejor resultado ambiental global, mitigando los
impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente.
2. En el ejercicio de las competencias municipales, la presente Ordenanza
desarrolla la legislación estatal y autonómica en materia de residuos y de régimen
local, debiendo en todo momento interpretarse y aplicarse de acuerdo con la
citada legislación.
3. Todas las personas físicas o jurídicas que depositen residuos en los medios,
instalaciones o servicios habilitados al efecto por el Ayuntamiento en este
municipio están obligadas a cumplir lo dispuesto en la presente Ordenanza y en las
normas que se dicten para su interpretación o desarrollo.
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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