Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2023-2868)
BOP-2023-2868 Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de gestión de residuos.
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Ordenanza de Residuos Ayuntamiento de Cedillo
15
- Otros que expresamente determine el Ayuntamiento.
La solicitud del servicio de recogida especial de los anteriores residuos deberá
hacerse telefónicamente o por cualquier otro medio de comunicación que habilite
el Ayuntamiento o, en su caso, el prestador del servicio.
Los usuarios de estos servicios deberán depositar los residuos de que se trate en el
lugar y en la forma que el Ayuntamiento o el prestador del servicio les hayan
indicado, respetando las fechas, horarios y otras condiciones que se hayan
establecido.
Con carácter general, el servicio de recogida especial se prestará a domicilio,
salvo que, por las condiciones de localización, distancia o accesos, se establezca
otro medio de recogida.
c) Recogida mediante el depósito de los residuos por parte de los
productores en el punto limpio, fijo o móvil, de acuerdo con lo establecido en la
Sección Segunda del Capítulo 2 de este Título.
d) Recogida a través de los puntos de recogida implantados por los
sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
e) Recogida mediante iniciativas de carácter solidario, a través de
entidades de protección social debidamente identificadas y registradas, que no
supongan una competencia al servicio municipal, previa autorización con la
obligación de informar al Ayuntamiento de las cantidades gestionadas.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento hará públicas las condiciones de prestación del servicio y, en
especial, las relativas a los días y horarios de depósito y recogida de las diferentes
fracciones de residuos, condiciones y puntos de entrega, así como cualquier otra
que estime conveniente para el correcto uso del servicio.
2. El Anexo de la presente Ordenanza contiene una lista ilustrativa de los residuos
que deberán depositarse en algunas de las categorías de contenedores.
CVE:
BOP-2023-2868
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14644
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- Otros que expresamente determine el Ayuntamiento.
La solicitud del servicio de recogida especial de los anteriores residuos deberá
hacerse telefónicamente o por cualquier otro medio de comunicación que habilite
el Ayuntamiento o, en su caso, el prestador del servicio.
Los usuarios de estos servicios deberán depositar los residuos de que se trate en el
lugar y en la forma que el Ayuntamiento o el prestador del servicio les hayan
indicado, respetando las fechas, horarios y otras condiciones que se hayan
establecido.
Con carácter general, el servicio de recogida especial se prestará a domicilio,
salvo que, por las condiciones de localización, distancia o accesos, se establezca
otro medio de recogida.
c) Recogida mediante el depósito de los residuos por parte de los
productores en el punto limpio, fijo o móvil, de acuerdo con lo establecido en la
Sección Segunda del Capítulo 2 de este Título.
d) Recogida a través de los puntos de recogida implantados por los
sistemas de responsabilidad ampliada del productor.
e) Recogida mediante iniciativas de carácter solidario, a través de
entidades de protección social debidamente identificadas y registradas, que no
supongan una competencia al servicio municipal, previa autorización con la
obligación de informar al Ayuntamiento de las cantidades gestionadas.
Artículo 10. Información sobre separación y recogida de residuos.
1. El Ayuntamiento hará públicas las condiciones de prestación del servicio y, en
especial, las relativas a los días y horarios de depósito y recogida de las diferentes
fracciones de residuos, condiciones y puntos de entrega, así como cualquier otra
que estime conveniente para el correcto uso del servicio.
2. El Anexo de la presente Ordenanza contiene una lista ilustrativa de los residuos
que deberán depositarse en algunas de las categorías de contenedores.
CVE:
BOP-2023-2868
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de mayo de 2023
N.º 0084
Pág. 14644