Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Palomero. (BOP-2023-2808)
BOP-2023-2808 Aprobación definitiva Reglamento de Honores y Distinciones.
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Una vez elegido y aceptado y jurado o prometido el cargo como Alcalde/sa-
Presidente, el electo recibirá de manos del Alcalde/sa saliente los distintivos
propios de su rango, que consisten en un Bastón de Mando y Venera de la
Corporación engarzada en Collar Noble cuya descripción consta en anexo al
presente. Dichos distintivos serán propiedad del Excmo. Ayuntamiento, en cuya
Casa Consistorial deben ser custodiados.
El Alcalde/sa-Presidente deberá hacer uso de sus atributos en los actos públicos
que celebre la Corporación.
Artículo 28
Cuando la Corporación Municipal deba salir de la Casa Consistorial a cualquier
acto portando sus miembros medalla Corporativa, irá acompañada de la Bandera
Municipal.
Capítulo II
De los honores a un miembro corporativo fallecido
Artículo 29
En caso de fallecimiento de un miembro corporativo durante el ejercicio de su
cargo, se le otorgarán los siguientes honores:
- Siempre que la familia consienta, se organizará la capilla ardiente en el
Salón de Plenos del Excmo. Ayuntamiento del AYuntamiento.
- El féretro quedará cubierto con la bandera municipal.
- Se izarán las banderas del Excmo. Ayuntamiento a media asta en señal de
duelo y se decretarán dos días de duelo, cuatro si se trata del Alcalde/sa.
Tendrán derecho a la posterior entrega de la enseña a los familiares.
Los ex-alcaldes tendrán los mismos derechos contemplados en el presente
artículo. El Pleno de la Corporación, mediante acuerdo adoptado por
mayoría absoluta del número legal de miembros, podrá extender el citado
derecho a otras personas o autoridades.
Capítulo III
Del uso de las banderas en señal de duelo
Artículo 30
El uso de la bandera a media asta y con crespones negros significa la expresión
de un sentimiento de duelo y el homenaje con el que el Excmo. Ayuntamiento
distingue el fallecimiento de una personalidad destacada o la circunstancia de
una tragedia grave que conmueva de manera especial a la sociedad.
Las banderas ondearán a media asta durante las jornadas que el Alcalde/sa-
Presidente disponga como “días de luto oficial”, a través de un Decreto del que
se dará cuenta en la primera sesión plenaria que se celebre.
TÍTULO V
Del procedimiento de otorgamiento de honores y distinciones
CAPÍTULO I
Procedimiento general
Cód.
Validación:
962EHLJF22G62777WT54RKEFS
Verificación:
https://casardepalomero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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7
de
14
CVE:
BOP-2023-2808
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de mayo de 2023
N.º 0083
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