Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-2775)
BOP-2023-2775 Aprobación definitiva de Modificación de Ordenanza Fiscal.
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b) En la constitución y transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio,
los porcentajes anuales contenidos en el apartado 3 del artículo 6 de esta Ordenanza se
aplicarán sobre la parte del valor definido en el párrafo a) anterior que represente,
respecto de aquél, el valor de los referidos derechos calculado mediante la aplicación de
las normas fijadas a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados.
c) En la constitución o transmisión del derecho a elevar una o más plantas sobre un
edificio o terreno, o del derecho de realizar la construcción bajo suelo sin implicar la
existencia de un derecho real de superficie, los porcentajes anuales contenidos en el
apartado 3 del artículo 6 de esta Ordenanza se aplicarán sobre la parte del valor definido
en el apartado a) anterior que represente, respecto del mismo, el módulo de
proporcionalidad fijado en la escritura de transmisión o, en su defecto, el que resulte de
establecer la proporción entre la superficie o volumen de las plantas a construir en suelo
o subsuelo y la total superficie o volumen edificados una vez construidas aquéllas.
d) En los supuestos de expropiaciones forzosas, el cuadro de porcentajes anuales
contenido en el apartado 4 del artículo 6 de esta Ordenanza se aplicará sobre la parte
del justiprecio que corresponda al valor del terreno, salvo que el valor definido en el
apartado 2.a) de este artículo fuese inferior, en cuyo caso prevalecerá este último sobre
el justiprecio.
3. El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, calculado
conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores, será el que corresponda, según el periodo
de generación del incremento de valor, conforme al cuadro siguiente:
Periodo de generación Coeficiente
Inferior a 1 año 0,15
1 año 0,15
2 años 0,14
3 años 0,15
4 años 0,17
5 años 0,18
CVE:
BOP-2023-2775
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 3 de mayo de 2023
N.º 0082
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