Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-2741)
BOP-2023-2741 EXTRACTO. Convocatoria que regirán las ayudas para garantizar el derecho a acceso de suministros mínimos vitales. Ejercicio 2023.
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h) Solicitar el bono social en el caso de cumplir los requisitos establecidos en la normativa
estatal para ser beneficiario del mismo.
QUINTA.- PROCEDIMIENTO.
1. La instrucción del procedimiento se realizará por el Servicio Social de Atención Social
Básica, con sujeción a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. El citado Servicio Social de Atención Social Básica instruirá el procedimiento, comprobando
la solicitud y documentación presentada, así como el cumplimiento de los requisitos específicos
para la concesión de ayudas para suministros mínimos vitales.
3. Por Resolución de la Alcaldía se otorgarán las ayudas procedentes a las personas que
conste que reúnen los requisitos en la relación a tal efecto elevada por el Servicio Social de
Atención Social Básica.
SEXTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
1. Los destinatarios presentarán las solicitudes (ANEXO I), adjuntado la documentación
necesaria que acredite las circunstancias alegadas de posible valoración.
2. El plazo de presentación de solicitudes comprenderá desde el día siguiente al de la
publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.P. de Cáceres hasta el día 15 de
diciembre del año en curso, salvo que se agote antes la cuantía asignada a esta finalidad.
3. Cada interesado presentará una solicitud para las ayudas objeto de esta convocatoria,
aportando periódicamente la documentación que le sea requerida para acreditar que persiste la
situación de necesidad que motiva el otorgamiento.
SÉPTIMA.- FINANCIACIÓN, CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
Con fecha 17 de febrero de 2023 se publica la Resolución de 16 de febrero de 2023, del
Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de
Extremadura del Acuerdo 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para
Suministros Mínimos Vitales para el 2023.
El importe máximo total de las ayudas será de 62.500,00 €, que se imputarán al presupuesto
de gastos de 2023, a la partida presupuestaria 23148001.
OCTAVA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.
El plazo de resolución y notificación será de 6 meses. El vencimiento del plazo máximo sin que
se haya dictado y notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
CVE:
BOP-2023-2741
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de mayo de 2023
N.º 0081
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