Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2023-2722)
BOP-2023-2722 EXTRACTO. Convocatoria ayudas a la natalidad anualidad 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La consulta de la convocatoria de esta subvención se podrá realizar en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es
Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención.
La subvención tiene por finalidad en una prestación económica de pago único por nacimiento o
adopción de hijo/a, que se otorgará una vez que se acredite el cumplimiento de los requisitos
establecidos en los artículos siguientes.
El importe de la subvención se establece en 600 euros por cada hijo/a.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los
principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación,
así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización
de los recursos públicos.
Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos.
Requisitos para solicitar la subvención:
Además de los previstos en el artículo 13-2 de la Ley 38/03 General de Subvenciones, para
tener derecho a la concesión de la ayuda, el/a beneficiario/a o beneficiarios/as de la misma
deberán cumplir las siguientes condiciones:
1. Estar empadronado/a al menos uno/a de los/as cónyuges o la familia monoparental en el
Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata, al menos tres meses antes de la fecha en la que se
produzca el nacimiento o la adopción que motiva la concesión de la ayuda y continuar
inscritos/as en el Padrón municipal en la fecha de presentación de la solicitud.
2. Acreditar del modo dispuesto en el artículo 8, que la unidad familiar constituida van a residir
dentro del término municipal durante un periodo mínimo de cuatro años a contar desde el
nacimiento o la adopción que dan lugar al reconocimiento de la prestación.
3. No mantener deudas tributarias o de otro carácter, con el Ayuntamiento de Villasbuenas de
Gata.
Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación.
Las solicitudes se formularán en el modelo que está a disposición de los/as interesados/as en
CVE:
BOP-2023-2722
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de abril de 2023
N.º 0080
Pág. 13456
Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es
Objeto, Condiciones y Finalidad de la Concesión de la Subvención.
La subvención tiene por finalidad en una prestación económica de pago único por nacimiento o
adopción de hijo/a, que se otorgará una vez que se acredite el cumplimiento de los requisitos
establecidos en los artículos siguientes.
El importe de la subvención se establece en 600 euros por cada hijo/a.
La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los
principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación,
así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización
de los recursos públicos.
Requisitos para Solicitar la Subvención y Forma de Acreditarlos.
Requisitos para solicitar la subvención:
Además de los previstos en el artículo 13-2 de la Ley 38/03 General de Subvenciones, para
tener derecho a la concesión de la ayuda, el/a beneficiario/a o beneficiarios/as de la misma
deberán cumplir las siguientes condiciones:
1. Estar empadronado/a al menos uno/a de los/as cónyuges o la familia monoparental en el
Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata, al menos tres meses antes de la fecha en la que se
produzca el nacimiento o la adopción que motiva la concesión de la ayuda y continuar
inscritos/as en el Padrón municipal en la fecha de presentación de la solicitud.
2. Acreditar del modo dispuesto en el artículo 8, que la unidad familiar constituida van a residir
dentro del término municipal durante un periodo mínimo de cuatro años a contar desde el
nacimiento o la adopción que dan lugar al reconocimiento de la prestación.
3. No mantener deudas tributarias o de otro carácter, con el Ayuntamiento de Villasbuenas de
Gata.
Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación.
Las solicitudes se formularán en el modelo que está a disposición de los/as interesados/as en
CVE:
BOP-2023-2722
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de abril de 2023
N.º 0080
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