Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera de Alcántara. (BOP-2023-2709)
BOP-2023-2709 Aprobación definitiva Ordenanza de la Tasa de control de Apertura de Establecimientos e Instalaciones.
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la cuota que resulte por aplicación de la tarifa correspondiente.
Se declarará la caducidad del expediente cuando el interesado no aporte en plazo la
documentación que necesariamente deba acompañar a aquella, y que le ha sido requerida por
la administración municipal, así como en todos aquellos casos en que tenga que ser archivado
el expediente por causas imputables al interesado. En este caso satisfará el 25 por 100 de la
cuota que resulte por aplicación de la tarifa que corresponda.
5. La declaración de caducidad de las licencias concedidas o la terminación del período de
validez del servicio municipal prestado, en su caso, determinará la pérdida de las tasas
satisfechas así como la extinción del acto de autorización, no pudiéndose ejercer la actividad.
6. No se tramitará por los servicios municipales competentes la solicitud de licencia que no
vaya acompañada del justificante del pago de la tasa regulada en el presente artículo.
Artículo 8.- Documentación.
1.- Las solicitudes de la licencia de ocupación deberán ir acompañadas de la siguiente
documentación que en su caso correspondan a las características de la instalación u obra:
A) Solicitud en impreso normalizado, debidamente cumplimentado.
B) Fotocopia de la licencia de obras y justificante de abono de esta Tasa, justificante del
abono del Canon por prestación patrimonial por la atribución de aprovechamientos
urbanísticos en suelo no urbanizable. Sin la entrega de estos justificantes no será
posible la expedición del certificado de Actividad.
C) Certificación final de obra, visada por el colegio profesional correspondiente, en el
que el director de la ejecución material de las obras certificará haber dirigido la ejecución
material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente la construcción y la
calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentación técnica que lo
desarrolla y las normas de la buena construcción.
En esa misma certificación el director de la obra certificará que la edificación ha sido
realizada bajo su dirección, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la
documentación técnica que lo complementa, habiéndose dado cumplimiento a las
condiciones de la licencia de obras y hallándose dispuesta para su adecuada utilización
con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento.
CVE:
BOP-2023-2709
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 28 de abril de 2023
N.º 0080
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