Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-2635)
BOP-2023-2635 Bases Reguladoras de la Convocatoria de los Premios PIE enmarcados dentro del Programa de Ideas Emprendedoras en el Mundo Rural, (X edición).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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de la solicitud de participación, debiendo acreditarse dicha circunstancia mediante la
presentación de un Certificado Negativo de la Agencia Tributaria de la situación censal de
los/as promotores/as.
Las personas físicas que participen en grupo deberán presentar dicho certificado a título
individual.
OBLIGACIONES.
Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de
entrega de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n, 10071, de
Cáceres, solo en aquéllos casos en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su
disposición o hubiera variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que
conste en los archivos de la Diputación.
Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de
Subvenciones.
Los/as premiados/as deberán iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de 1
año a contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año
contado a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna
circunstancia de fuerza mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
Deberán presentar en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, a los efectos de
justificación, la documentación acreditativa de inicio de la actividad (Declaración Censal)
antes de la fecha que se indique en la comunicación escrita enviada a los/as
perceptores/as de los premios.
Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente
requeridas por los órganos de la Diputación Provincial, aportando cuanta información les
sea solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la
concesión del premio.
BASE QUINTA. SOLICITUDES. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Las solicitudes de participación en la presente convocatoria de premios, dada sus especiales
condiciones de confidencialidad, se presentarán a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres:
CVE:
BOP-2023-2635
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de abril de 2023
N.º 0079
Pág. 13161
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de la solicitud de participación, debiendo acreditarse dicha circunstancia mediante la
presentación de un Certificado Negativo de la Agencia Tributaria de la situación censal de
los/as promotores/as.
Las personas físicas que participen en grupo deberán presentar dicho certificado a título
individual.
OBLIGACIONES.
Los/as premiados/as deberán remitir, en el plazo de 5 días hábiles siguientes al día de
entrega de premios, el original del documento Alta de terceros a la Tesorería de la
Excma. Diputación Provincial de Cáceres, Plaza de Santa María, s/n, 10071, de
Cáceres, solo en aquéllos casos en los que la Diputación de Cáceres no lo tenga a su
disposición o hubiera variación de datos con respecto al último Alta de Terceros, que
conste en los archivos de la Diputación.
Serán obligaciones del/a beneficiario/a las establecidas en los artículos 13 y 14 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 18 y ss del RD 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de
Subvenciones.
Los/as premiados/as deberán iniciar la actividad empresarial en un plazo máximo de 1
año a contar desde la fecha del pago efectivo del premio.
Tendrán la obligación de mantener la actividad objeto del premio un mínimo de un año
contado a partir del inicio de la actividad, siempre que no concurra ninguna
circunstancia de fuerza mayor que pueda acreditarse por los/as ganadores/as.
Deberán presentar en la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, a los efectos de
justificación, la documentación acreditativa de inicio de la actividad (Declaración Censal)
antes de la fecha que se indique en la comunicación escrita enviada a los/as
perceptores/as de los premios.
Deberán someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente
requeridas por los órganos de la Diputación Provincial, aportando cuanta información les
sea solicitada en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la
concesión del premio.
BASE QUINTA. SOLICITUDES. SISTEMA DE TRAMITACIÓN.
Las solicitudes de participación en la presente convocatoria de premios, dada sus especiales
condiciones de confidencialidad, se presentarán a través de la sede electrónica de la
Diputación Provincial de Cáceres:
CVE:
BOP-2023-2635
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 27 de abril de 2023
N.º 0079
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