Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2591)
BOP-2023-2591 Bases que han de regir la convocatoria para la provisión interina del puesto de Secretario/a del Ayuntamiento de Moraleja mediante concurso-oposición.
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prevista en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán valorarse
con arreglo a su correspondencia con los títulos a que se refiere el párrafo anterior en el nivel
del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES).
DÉCIMA. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN.
La fase de oposición se calificará hasta un máximo de 60 puntos, debiendo los/as aspirantes
obtener un mínimo de diez puntos en cada uno de los supuestos, y un mínimo de treinta puntos
en total para continuar su participación en el proceso selectivo.
La calificación se obtendrá calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por
cada uno/a de los/as miembros del órgano de selección, no teniendo en cuenta la mayor ni la
menor de las puntuaciones.
La corrección y calificación del ejercicio se hará de forma anónima, en la medida de lo posible,
utilizando para ello sistemas que garanticen la objetividad de las puntuaciones otorgadas y el
anonimato de los/as aspirantes.
UNDÉCIMA. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso a los/as aspirantes que hayan superado
la fase de oposición.
Con independencia de los límites parciales establecidos, la puntuación total de la fase de
concurso no podrá superar los 40 puntos.
Baremados los méritos, el órgano de selección expondrá al público la lista de los/as aspirantes
con la puntuación obtenida en esta fase, así como la de aprobados por orden de puntuación
total, concediéndoles un plazo de cinco días hábiles para que formulen las reclamaciones y
alegaciones que estimen pertinentes en relación con la baremación.
DUODÉCIMA. RELACIÓN DE APROBADOS/AS.
La puntuación final vendrá determinada por la suma de la puntuación de la fase de oposición y
la de concurso. En caso de empate se decidirá a favor del/a aspirante que haya obtenido más
puntuación en la fase de oposición, y en caso de persistir el empate se decidirá por sorteo.
El órgano de selección elevará la lista a la Alcaldía junto con el acta de la última sesión, en la
que habrán de figurar los/as aspirantes que hayan superado las pruebas, con la
correspondiente propuesta de nombramiento. La lista se hará pública, en el tablón anuncios de
este Ayuntamiento y en su sitio web.
CVE:
BOP-2023-2591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
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