Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2591)
BOP-2023-2591 Bases que han de regir la convocatoria para la provisión interina del puesto de Secretario/a del Ayuntamiento de Moraleja mediante concurso-oposición.
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alegadas y admitir al/a aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha
admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto de aspirantes.
7.4. El llamamiento a los/as aspirantes del único ejercicio se realizará por orden alfabético,
comenzando a partir de aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “N”, seleccionada
en el último sorteo celebrado el día 1 de febrero de 2023, según se publicó en el BOP núm. 31,
del 14 de Febrero de 2023, de acuerdo con el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración
del Estado (de aplicación supletoria a este proceso selectivo).
7.5. El órgano de selección podrá requerir a los/as aspirantes en cualquier momento para que
acrediten su personalidad, a cuyo fin deberán acudir provistos/as del DNI o, en defecto de éste,
de otro documento oficial que acredite su identidad.
OCTAVA. FASE DE OPOSICIÓN (máximo de 60 puntos).
La fase de oposición estará compuesta de un ejercicio obligatorio y eliminatorio, para todos/as
los/as aspirantes, que consistirá en la resolución por escrito de dos supuestos prácticos, que
serán propuestos por el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, y estarán
relacionados con el temario recogido en el Anexo I, durante un plazo máximo de 120 minutos.
Para la realización de este ejercicio se podrán consultar textos legales, siempre que no estén
comentados ni contengan formularios. El órgano de selección podrá, en cualquier momento,
verificar este extremo.
En este ejercicio se apreciará, fundamentalmente, la comprensión de los conocimientos, la
claridad de ideas, la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos
teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
NOVENA. FASE DE CONCURSO (hasta un máximo de 40 puntos).
Solamente se procederá a puntuar la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan
superado la fase de oposición.
Se valorarán únicamente aquellos méritos (de entre los señalados a continuación) que
hubieran sido relacionados en la relación solicitud, y se encuentren debidamente acreditados a
juicio del órgano de selección.
Se valorarán los siguientes méritos:
1. Por servicios prestados (hasta 25 puntos): Por haber trabajado, con vínculo funcionarial, en
CVE:
BOP-2023-2591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
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