Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herreruela. (BOP-2023-2587)
BOP-2023-2587 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de recogida de residuos.
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b) Depositar residuos en contenedores contraviniendo lo dispuesto en la presente
Ordenanza.
c) Depositar en lugares distintos a las papeleras instaladas al efecto en los espacios
públicos, residuos de pequeño volumen tales como papeles, chicles, colillas, caramelos,
cáscaras y desperdicios similares, así como depositar en las papeleras, agrupados en
bolsas, residuos para los que se haya establecido un servicio específico de recogida.
d) Manipular contenedores o su contenido, así como volcar o arrancar papeleras u otro
tipo de contenedores y desplazarlos fuera de sus ubicaciones.
e) Utilizar los contenedores para fines distintos a los previstos en la presente
Ordenanza.
f) La evacuación directa de residuos sólidos o líquidos a la red de saneamiento.
g) La extracción, rebusca o recogida de los residuos una vez puestos a disposición de
los servicios municipales en la forma establecida en esta Ordenanza.
2. El/a poseedor/a de un animal doméstico, con excepción de las personas invidentes que sean
titulares de perros guía, deberá recoger las deposiciones evacuadas por éste en la vía pública
y los espacios públicos y depositarlas en los contenedores identificados a tal fin o, en su
defecto, en las papeleras instaladas en los espacios públicos.
Artículo 7. Financiación de los servicios de recogida.
La financiación de los servicios municipales previstos en la presente Ordenanza se establecerá
en la correspondiente ordenanza fiscal.
TITULO II. DEL SERVICIO DE RECOGIDA
CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES SOBRE EL SERVICIO DE RECOGIDA.
Artículo 8. Actuaciones incluidas en el servicio de recogida.
El servicio de recogida comprende las siguientes actuaciones:
a) En su caso, traslado de los residuos a los vehículos u otros medios de recogida, en
los contenedores de residuos o sistemas equivalentes, así como el vaciado y devolución
de estos últimos a sus puntos originarios.
b) Transporte y descarga de los residuos en las instalaciones de gestión adecuadas.
CVE:
BOP-2023-2587
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 26 de abril de 2023
N.º 0078
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