Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdemorales. (BOP-2023-2555)
BOP-2023-2555 Convocatoria provisión interna del puesto de Secretaría-Intervención.
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AGRUPACIÓN DE MUNICIPIOS
VALDEMORALES-SALVATIERRA DE SANTIAGO
c) Los cursos de formación mediante original o copia auténtica.
5.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de
ambos sistemas, en la cual precederá siempre la fase de oposición.
SEXTO. LISTA DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará público el nombre del aspirante que
haya superado las pruebas selectivas, y lo elevará al Presidente/a de la Corporación para que
remita a la Junta de Extremadura propuesta de nombramiento interino a favor del mismo.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los
procedimientos previstos en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que
deberá quedar acreditada en el expediente.
SÉPTIMO. TOMA DE POSESIÓN.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino otorgada
por el órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma, se requerirá al interesado para
la toma de posesión en el plazo legalmente establecido; si éste no compareciese a la misma
dentro del plazo decaerá en su derecho, realizándose una nueva propuesta de nombramiento a
favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación obtenida, y siempre que haya
superado la fase de oposición.
OCTAVO. INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del Tribunal se efectuarán con
arreglo a la categoría 1ª del Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre
Indemnizaciones por razón del Servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e
indemnizaciones.
NOVENO. IMPUGNACIÓN DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria y actos administrativos que deriven de ella y de las
actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
DÉCIMO. LISTA DE ESPERA.
Una vez finalizada la calificación de los aspirantes, y a los efectos de lo dispuesto en la
BASE SÉPTIMA, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así
como en la página web de la Corporación (https://valdemorales.sedelectronica.es/info.0), la
relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación, constituyéndose una lista de espera
para la provisión interina del citado puesto que tendrá una vigencia máxima de dos años.
En VALDEMORALES, a fecha de la firma electrónica.
EL PRESIDENTE DE LAAGRUPACIÓN VALDEMORALES-SALVATIERRA DE
SANTIAGO
FDO.: ALFONSO BÚRDALO ÁVILA
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
- 5 -
Cód.
Validación:
7AL4KJQ2KEJQRLR47EWEK5A2N
Verificación:
https://valdemorales.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
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Martes, 25 de abril de 2023
N.º 0077
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