Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-2482)
BOP-2023-2482 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del Sistema de Accesos de Vehículos al Centro Histórico de Cáceres mediante el control por cámaras.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, sobre la adecuación de la presente
Ordenanza, en su regulación, a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. El principio de
necesidad ha quedado plenamente satisfecho por lo dicho en párrafos anteriores,
redundando en el de eficacia, al ser esta nueva Ordenanza que modifica LA
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DEL SISTEMA DE ACCESOS DE
VEHÍCULOS AL CENTRO HISTÓRICO DE CÁCERES MEDIANTE EL CONTROL
POR CÁMARAS, el instrumento más adecuado para regular el tráfico y uso de la
vía pública con el fin de proteger la seguridad física de las personas y la seguridad
vial, a la vez que se protege de posibles daños al patrimonio histórico y se genera
una zona de calidad ambiental. En relación con el principio de proporcionalidad, la
ordenanza contiene la regulación estrictamente necesaria para asegurar el interés
general que motiva su elaboración, armonizando los derechos y obligaciones de los
ciudadanos afectados en el uso de las calles restringidas al tráfico. En cuanto al
principio de seguridad jurídica, la ordenanza está enmarcada y en coherencia con el
resto del ordenamiento jurídico tal y como se ha justificado suficientemente,
recogiendo un texto normativo con vocación de estabilidad, claro y cierto para la
ciudadanía. El principio de transparencia se cumple al garantizar la participación
activa de los ciudadanos, ya sea a través del acceso público al texto normativo en la
web municipal, así como en trámites como la consulta pública del artículo 133 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, o los distintos trámites de información pública y
audiencia. Finalmente, sobre el principio de eficiencia, la Ordenanza en su nueva
redacción evita cargas administrativas innecesarias o accesorias a los ciudadanos,
racionalizando en lo posible la gestión de los recursos públicos. Finalmente indicar
que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre en su artículo
129.7, esta Ordenanza cumple los principios de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera.
CAPÍTULO I
Objeto. Características Generales del Sistema y Competencia funcional.
Ámbito de aplicación.
Artículo 1. Objeto.
El objeto de esta Ordenanza es el establecimiento de un sistema de control de
acceso de vehículos al Centro Histórico de Cáceres que reduzca, al mínimo
indispensable, el paso de vehículos a motor y ciclomotores a los espacios situados
en su interior, favoreciendo así la protección del patrimonio histórico, ambiental y el
uso preferentemente peatonal de la zona.
CVE:
BOP-2023-2482
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
Pág. 12095