Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2023-2482)
BOP-2023-2482 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del Sistema de Accesos de Vehículos al Centro Histórico de Cáceres mediante el control por cámaras.
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Artículo 7. Habilitaciones de entrada a la zona restringida.
La presente Ordenanza establece tres instrumentos que posibilitan el acceso
a las zonas restringidas al tráfico: la autorización periódica, el permiso temporaly la
autorización permanente.
a) La autorización periódica permite el acceso habitual a determinados usuarios
y bajo las condiciones establecidas en la resolución de concesión.
b) El permiso temporal posibilita el acceso no habitual o puntual a dichas vías
por motivos concretos o sobrevenidos y debidamente justificados, el cual,
bajo las condiciones exigidas para su concesión, se extingue con su ejercicio
o por el paso del tiempo concedido.
c) La autorización permanente permite el acceso sin ningún tipo de restricción a
determinados vehículos.
Artículo 8. Procedimiento para la concesión de autorizaciones o permisos de
acceso a la zona restringida.
1. La autorización periódica de acceso de vehículos a las zonas restringidas
objeto de esta ordenanza se otorgará a través de resolución de la Alcaldía o del
Concejal/a Delegado/a de Movilidad Urbana o Seguridad Ciudadana del
Ayuntamiento de Cáceres y previa solicitud cursada por los interesados. El modelo
de solicitud estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Cáceres y en su Registro General, donde deberá presentarse
adjuntando la documentación que se menciona en los artículos siguientes según las
circunstancias personales de cada interesado.
En la resolución por la que se conceda la autorización periódica de acceso se
hará constar cualquier circunstancia o condición que se considere de interés para el
mantenimiento de la misma. La no observancia de las condiciones específicas de
acceso que se relacionan en esta Ordenanza o que se establezcan para cada
autorización, dará lugar a la formulación de la correspondiente denuncia
automatizada.
2. El permiso temporal se tramitará previa solicitud de las personas
interesadas, en la Jefatura de la Policía Local, al objeto de dar una mayor celeridad,
simplicidad y eficacia al procedimiento de concesión. La petición de este tipo de
acceso, se podrá diligenciar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Cáceres o a través del correo electrónico acceso.vehículos@ayto-caceres.es, con la
inclusión de los datos y documentos que se exijan en el modelo de solicitud. El
citado modelo de solicitud estará a disposición de los interesados en la propia
página Web del Ayuntamiento de Cáceres o Sede Electrónica, en su Registro
General o en las dependencias de la Policía Local. En el Anexo III de la Ordenanza
CVE:
BOP-2023-2482
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
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