Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2476)
BOP-2023-2476 Convenio de Encomienda de Gestión de Saneamiento y Depuración suscrito entre el Consorcio y el Ayuntamiento de Oliva de Plasencia.
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CONVENIO SANEAMIENTO EN ALTA Y
DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la LRJSP la
formalización de las encomiendas de gestión cuando se realice entre órganos y
Entidades de Derecho Público de distintas Administraciones se formalizará
mediante firma del correspondiente convenio entre ellas.
Quinto. - Que el AYUNTAMIENTO, en la sesión plenaria de 17 de enero de
2022 ha adoptado el acuerdo de encomienda de gestión al Consorcio MásMedio de
la prestación del servicio de saneamiento en “alta” y depuración de aguas
residuales.
Esta encomienda de gestión debe formalizarse con la firma del
correspondiente convenio.
Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 11 de la LRJSP, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Objeto de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión tiene por objeto la prestación de los
servicios municipales de gestión, explotación y regulación del servicio de recogida,
tratamiento y depuración de aguas residuales al AYUNTAMIENTO.
Esta encomienda conlleva la gestión, que se realiza al amparo de lo
establecido en los artículos 8 y 11 de la LRJSP, en relación con los artículos 25.2.1,
26 y 57 de la LRBRL, 15.1.b) y 15.6. y 18.2 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía
de la Autonomía municipal de Extremadura, los artículos 152 y 154 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TRLHL, cuyas
competencias gestionará, en encomienda de gestión, con carácter supramunicipal,
el Consorcio MásMedio.
A tal fin, el AYUNTAMIENTO adopta el acuerdo de encomienda de gestión de
la competencia municipal en la parte diferencia del Ciclo Integral del Agua, en la
fase de Saneamiento en “alta” y depuración de aguas residuales, al Consorcio
MásMedio al encontrarse con una organización más idónea en el ámbito provincial,
conociendo los criterios básicos de la prestación de este servicio con tal carácter, y,
en consecuencia, que entiende más beneficioso para los intereses municipales que
tal servicio se presta a través del mismo.
CVE:
BOP-2023-2476
Verificable
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Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
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