Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-2472)
BOP-2023-2472 Convenio de Encomienda de Gestión de Saneamiento y Depuración suscrito entre el Consorcio y la Mancomunidad integral Sierra de Gata
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CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
CONVENIO ENCOMIENDA DE GESTIÓN “SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS
RESIDUALES”. RÉGIMEN ECONÓMICO: MEDIANTE ABONO, POR LA MANCOMUNIDAD
INTEGRAL DE MUNICIPIOS SIERRA DE GATA DE LA CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA
LIQUIDADA, GESTIONADA Y RECAUDADA POR EL CONSORCIO CONFORME A LO
DISPUESTO EN LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO ENCOMENDADO.
REUNIDOS
De una parte, Don Carlos Carlos Rodríguez, Presidente del Consorcio para la
Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas Provincia de Cáceres”,
en adelante se referenciará al mismo como Consorcio MásMedio, facultado para este
acto por acuerdo adoptado por el Consejo de Administración en su sesión de 17 de junio
de 2021.
Y de otra, Dª. Rocío Pérez Rivero, Presidenta de la Mancomunidad Integral de
Municipios Sierra de Gata, en adelante se referenciará al mismo como ENTIDAD
LOCAL, facultado para suscribir el presente Convenio en virtud de acuerdo de la
Asamblea, adoptado en sesión del día 31 de octubre de 2022, asistido de el/la Sr/a.
Secretario/a de la Corporación
Ambos se reconocen con capacidad legal suficiente para la firma del presente
Convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El art. 25.2.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, en
adelante LRBRL, enumera como competencias propias que, en todo caso, debe ejercer el
Municipio, el abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas
residuales.
Asimismo, la Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura
dispone en su artículo 15.1.B) 6. que dentro de las competencias propias que puede ejercer los
municipios en el área de actuación municipal referida al Territorio e Infraestructuras se
encuentra la de “(…) 6º. Ordenación, gestión, prestación y control de los servicios en el ciclo
integral del agua de uso urbano. Esta materia incluye el abastecimiento de agua en alta o
aducción, abastecimiento de agua en baja, saneamiento o recogida de las aguas residuales
urbanas y pluviales de los núcleos de población, depuración de las aguas residuales urbanas y
su reutilización, en su caso, en los términos de la legislación básica.”
CVE:
BOP-2023-2472
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de abril de 2023
N.º 0076
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