Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto. (BOP-2023-2448)
BOP-2023-2448 Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por instalación de terrazas y otros elementos asociados al comercio y a la hostelería en espacios de dominio y/o uso público.
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únicamente cuando se instalen dentro de la zona de ocupación de terrazas o como delimitación
de la zona de ocupación (siempre dentro de la terraza), no devengará tasa.
Artículo 3. La obligación de contribuir se funda en la utilización privativa y el aprovechamiento
especial de la vía pública, terrenos de titularidad y uso público que lleva aparejado un beneficio
particular y una restricción de dicho uso público y permanecerá desde el momento en que la
utilización o aprovechamiento sea concedido o desde que el mismo se inicie si se hubiera
instalación sin la oportuna autorización municipal; estando obligados al pago incluso en los
casos en los que exista denegación de autorización, si el aprovechamiento utilización de los
bienes citados, hubieran llegado a producirse.
Sujetos Pasivos.
Artículo 4.
1. Son obligados/as tributarios/as las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la
normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias.
2. Los/as obligados/as tributarios/as son los/as señalados/as por la Ley General Tributaria;
entre otros/as:
a) Los/as contribuyentes.
b) Los/as sustitutos/as del/a contribuyente.
c) Los/as sucesores/as.
d) Los/as beneficiarios/as de supuestos de exención, devolución o bonificaciones
tributarias, cuando no tengan la condición de sujetos pasivos.
3. También tendrán la consideración de obligados/as tributarios/as aquéllos/as a quienes la
normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias formales.
4. Tendrán además la consideración de obligados/as tributarios/as, en las leyes en que así se
establezca, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes
de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o un patrimonio separado
susceptible de imposición.
5. Asimismo tendrán el carácter de obligados/as tributarios/as los/as responsables solidarios/as
o subsidiarios/as de la deuda tributaria.
CVE:
BOP-2023-2448
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 20 de abril de 2023
N.º 0075
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