Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres. (BOP-2023-2437)
BOP-2023-2437 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Cesión y Uso de Instalaciones de Titularidad Municipal y Espacios Públicos.
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Las cesiones de instalaciones municipales tanto a otras Administraciones Públicas, organismos
o entidades de derecho público, se regirán por lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuya virtud las Administraciones
Públicas pueden celebrar entre ellas convenios de colaboración en el ámbito de sus respectivas
competencias. Por tanto serán los correspondientes convenios de colaboración los que regulen
el régimen de tales cesiones.
Capítulo II. Cesión de instalaciones municipales con carácter de permanencia a
asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro
Artículo 24. Entidades beneficiarias.
Las cesiones de instalaciones municipales con carácter de permanencia, solo se podrá efectuar a
favor de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro descritas en el artículo 4 de las
presentes Ordenanzas.
Artículo 25. Procedimiento de cesión.
1. Las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que estén interesadas en la cesión de una
instalación municipal que no se encuentre cedida por parte del Ayuntamiento, habrá de
presentar petición en cualquiera de los registros del Ayuntamiento, o bien a través del
procedimiento establecido en el artículo 66 de la LPACAP.
2. El expediente de cesión se iniciará a solicitud de la entidad interesada dirigida al Sr. Alcalde-
Presidente, que se acompañará de la documentación siguiente:
-Solicitud suscrita por la persona que represente a la asociación, fundación o entidad.
-Estatutos de la entidad.
-D.N.I. del solicitante.
-Certificado del secretario de la asociación en el que conste n.º de socios o afiliados a la
misma.
-Certificado de la Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad
Social de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
-Compromisos de asumir la responsabilidad de todo daño que, durante el periodo de
cesión, se deriven del uso normal o anormal del local y de de mantenimiento de las instalaciones
en las debidas condiciones de uso.
-Memoria en la que se expongan las siguientes consideraciones:
a) Dossier acreditativo de la experiencia y capacidad de la entidad para el
desarrollo de sus actividades y logro de sus objetivos.
b) Forma de cesión de uso pretendida (compartida o exclusiva).
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Cód.
Validación:
5QY5JCPAYCJMC46ZYX63F2NPG
Verificación:
https://malpartidadecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Verificable
en:
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Jueves, 20 de abril de 2023
N.º 0075
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