Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-2379)
BOP-2023-2379 Bases Reguladoras de Premios a los Mejores Expedientes Académicos de la Ciudad de Coria.
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DUODÉCIMA. DATOS PERSONALES Y DERECHOS DE IMAGEN.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del correspondiente expediente administrativo y demás
actuaciones relacionadas.
Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir los datos facilitados, así como
cualesquiera otros derechos que les correspondan. Asimismo, tienen derecho a oponerse en
cualquier momento, por motivos relacionados con su situación particular, a que los datos
personales que les conciernan sean objeto de un tratamiento de datos.
La finalidad de los mismos es la tramitación, gestión de expedientes administrativos y
actuaciones derivadas de éstos. Se prevé la posible cesión de datos a terceros, sin que haya
previsión de transferencias a terceros países.
La participación en este procedimiento conlleva la autorización al Excmo. Ayuntamiento de
Coria o a las personas físicas o jurídicas a las que éste autorice de los derechos de explotación
de las imágenes y/o grabaciones audiovisuales que se realicen de forma personalizada, tanto
individual como en grupo, así como a su difusión promocional sin limitación temporal alguna, en
la web oficial del Ayuntamiento, medios de comunicación autorizados y redes sociales en las
que participe el Ayuntamiento.
DECIMOTERCERA. RECURSOS.
Contra el Acuerdo de aprobación de estas bases, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de
1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el B.O.P. de Cáceres
o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la mencionada
publicación. Si se optara por interponer recurso de reposición, no podrá interponerse recurso
Contencioso-Administrativo, hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o haya sido
desestimado por silencio administrativo.
DECIMOCUARTA. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en la convocatoria conlleva la aceptación de estas bases, motivo por el
cual no podrán ser impugnadas una vez finalizada la presentación. Las dudas que puedan
surgir en la aplicación de estas bases serán resueltas por la Alcaldía.
CVE:
BOP-2023-2379
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 19 de abril de 2023
N.º 0074
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