Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Portaje. (BOP-2023-2352)
BOP-2023-2352 Plan estratégico de subvenciones para el año 2023.
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PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2023.
PREÁMBULO.
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES.
I.1.- Naturaleza jurídica.
I.2.- Competencia y vigencia.
I.3.- Objetivos generales.
I.4.- Principios básicos en materia de subvenciones.
CAPÍTULO II: LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN.
CAPÍTULO III.- BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
III.1.- Beneficiarios.
III.2.- Procedimiento de Concesión.
a) Concurrencia competitiva.
b) Concesión directa.
CAPÍTULO IV.- EFECTOS, PLAZOS, COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN.
IV.1.- Efectos del Plan.
IV.2.- Plazos.
IV.3.- Costes previsibles.
IV.4.- Financiación.
CAPÍTULO V.- SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PLAN.
V.1.- Seguimiento del Plan.
V.2.- Control del Plan.
DISPOSICIONES FINALES
PREÁMBULO.
La Constitución de 1978, en los artículos 31.2 y 135, establece que los principios que deben orientar el
gasto público son, entre otros, los de equidad, eficiencia y estabilidad presupuestaria.
La Exposición de Motivos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones recoge
que una parte importante de la actividad financiera del sector público se canaliza a través de
subvenciones, con el objeto de dar respuesta, con medidas de apoyo financiero, a demandas sociales y
económicas de personas y entidades públicas o privadas, debiéndose ajustarse a los criterios de
estabilidad presupuestaria y crecimiento económico.
El artículo 8 de la citada Ley establece «los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera
entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en
un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el
plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria».
Uno de los principios que rigen esta ley es la transparencia. Las Administraciones deberán hacer
públicas las subvenciones que concedan, y, a la vez, la ley establece la obligación de formar una base
de datos de ámbito nacional que contenga información relevante sobre todas las subvenciones
concedidas.
CVE:
BOP-2023-2352
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de abril de 2023
N.º 0073
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