Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-2346)
BOP-2023-2346 Bases reguladoras para la creación de una bolsa de trabajo para la contratación de personal laboral temporal de Peón de Servicios Múltiples.
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o Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento
equivalente.
o Informe de vida laboral actualizado expedido por la Tesorería
General de la Seguridad Social.
o Contratos de trabajo o certificado de empresa que acrediten la
experiencia.
o Declaración jurada de no padecer enfermedad ni defecto físico
ni psíquico que le impida el normal desarrollo de sus
funciones.
3. Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano
competente dictará resolución aprobando las listas de admitidos con su
correspondiente puntuación, que serán publicadas en el Tablón de
Anuncios de este Ayuntamiento, concediendo un plazo de 2 días para la
subsanación de solicitudes y presentación de reclamaciones. Si
transcurriese dicho plazo sin que se formule reclamación alguna, la
lista se elevará a definitiva automáticamente sin necesidad de nueva
resolución ni publicación.
El mismo día de la lista de admitidos definitiva se publicará la fecha de
entrevista personal que será por orden de lista de admitidos.
Base Cuarta. Tribunal Calificador.
1. El Tribunal Calificador será nombrado mediante Decreto de
Alcaldía, ajustándose su composición a los principios de imparcialidad
y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en la medida de lo
posible, a la paridad entre mujer y hombre, de conformidad con el
artículo 60 de la Ley 5/2015, de 27 de Abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público.
2. El órgano de selección estará compuesto por el Presidente y
tres vocales, y un Secretario.
Base Quinta. Procedimiento Selectivo.
El procedimiento para la selección de los aspirantes a integrar la Bolsa
de Trabajo será por el orden de puntuación:
1. EXPERIENCIA LABORAL: 0,10 puntos por cada mes de
experiencia acreditado en puesto relacionado (se tendrá en cuenta
peón, oficial o trabajos similares) hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorarán siempre y cuando se acrediten con contrato de
trabajo o certificado de empresa cotejándolo con la vida laboral.
Cód.
Validación:
AX9625FRDTLXPX5WNSGRS3RTR
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2023-2346
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 18 de abril de 2023
N.º 0073
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