Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-2225)
BOP-2023-2225 Bases proceso selectivo 1 Plaza Técnico/a de Gestión Financiera y Fondos Europeos (funcionario/a interino/a por el procedimiento de concurso de méritos).
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NOVENA.INCIDENCIAS.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los /as interesados/as en los casos y en la
forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medias necesarias para el buen orden del concurso en aquellos
aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto
en la presente convocatoria: el Decreto 201/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingresos del Personal al Servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local; el real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y demás
normativa de general aplicación y por el Texto Refundido por el que se aprueba el Estatuto
Básico del Empleado Público.
DÉCIMA. IGUALDAD DE GENERO.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las
presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos
los individuos, sin distinción de sexos.
Plasencia, 5 de abril de 2023
Fernando Pizarro García
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-2225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
Pág. 10479
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los /as interesados/as en los casos y en la
forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones de las Administraciones Públicas.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medias necesarias para el buen orden del concurso en aquellos
aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto
en la presente convocatoria: el Decreto 201/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingresos del Personal al Servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura; Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local; el real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local y demás
normativa de general aplicación y por el Texto Refundido por el que se aprueba el Estatuto
Básico del Empleado Público.
DÉCIMA. IGUALDAD DE GENERO.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las
presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos
los individuos, sin distinción de sexos.
Plasencia, 5 de abril de 2023
Fernando Pizarro García
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-2225
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
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