Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-2222)
BOP-2023-2222 Bases Electricista, con carácter laboral-temporal, mediante contrato laboral de relevo, por el sistema de selección de concurso - oposición libre.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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M1= DT2/30.
M1= Número de meses trabajados.
DT2= Número de días de trabajo en la vida laboral o en el certificado de servicios prestados.
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 6 puntos.
A los efectos de valoración de méritos se precisa expresamente que no sean valorados los
méritos no invocados ni tampoco aquellos que, aun siendo invocados, no sean debidamente
acreditados en el plazo de presentación de méritos por los solicitantes, por cualquiera de los
medios autorizados en Derecho.
El Tribunal se reserva el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las
certificaciones aportadas, cuando a su juicio se considere necesario.
Formación. (máximo 4 puntos).
Titulaciones superiores a la exigida en la convocatoria, de la familia profesional objeto de la
misma. En este apartado, solo se valorará la titulación mayor aportada.
Por estar en posesión del título de Ingeniería Técnica Industrial, especialidad
electricidad: 2 puntos.
Por estar en posesión de título de FP II o Ciclo de Grado Superior: 1,5 puntos.
Por estar en posesión de Ciclo Formativo de Grado Medio: 1 punto.
Se acreditará con la presentación del título correspondiente o con documentación acreditativa
de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento cuyo contenido verse sobre
materias directamente relacionadas con la categoría profesional objeto de la convocatoria,
organizados por la Administración Pública o centros homologados por las mismas o acogidos al
Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas independientemente
del promotor de los mismos, con la siguiente valoración:
Curso de 20 a 100 horas: 0,1 punto.
Curso de 101 a 200 horas: 0,2 puntos.
Curso de 201 a 300 horas: 0,3 puntos.
Curso de más de 300 horas: 0,4 puntos.
Se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas,
CVE:
BOP-2023-2222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
Pág. 10453
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M1= DT2/30.
M1= Número de meses trabajados.
DT2= Número de días de trabajo en la vida laboral o en el certificado de servicios prestados.
La máxima puntuación a obtener en este apartado será de 6 puntos.
A los efectos de valoración de méritos se precisa expresamente que no sean valorados los
méritos no invocados ni tampoco aquellos que, aun siendo invocados, no sean debidamente
acreditados en el plazo de presentación de méritos por los solicitantes, por cualquiera de los
medios autorizados en Derecho.
El Tribunal se reserva el derecho de comprobar la veracidad del contenido de las
certificaciones aportadas, cuando a su juicio se considere necesario.
Formación. (máximo 4 puntos).
Titulaciones superiores a la exigida en la convocatoria, de la familia profesional objeto de la
misma. En este apartado, solo se valorará la titulación mayor aportada.
Por estar en posesión del título de Ingeniería Técnica Industrial, especialidad
electricidad: 2 puntos.
Por estar en posesión de título de FP II o Ciclo de Grado Superior: 1,5 puntos.
Por estar en posesión de Ciclo Formativo de Grado Medio: 1 punto.
Se acreditará con la presentación del título correspondiente o con documentación acreditativa
de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento cuyo contenido verse sobre
materias directamente relacionadas con la categoría profesional objeto de la convocatoria,
organizados por la Administración Pública o centros homologados por las mismas o acogidos al
Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas independientemente
del promotor de los mismos, con la siguiente valoración:
Curso de 20 a 100 horas: 0,1 punto.
Curso de 101 a 200 horas: 0,2 puntos.
Curso de 201 a 300 horas: 0,3 puntos.
Curso de más de 300 horas: 0,4 puntos.
Se entiende por cursos los que tengan dicha denominación o las de congresos, jornadas,
CVE:
BOP-2023-2222
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 12 de abril de 2023
N.º 0069
Pág. 10453