Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Perales del Puerto. (BOP-2023-2179)
BOP-2023-2179 Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por suministro de agua a domicilio.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Perales del Puerto
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora
de la Tasa por suministro de agua a domicilio.
Acuerdo del Pleno de fecha 31 de enero de 2023 de la Entidad Perales del Puerto por el que se
aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por
suministro de agua a domicilio.
“ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
AGUA A DOMICILIO FUNDAMENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO.
Artículo 1.- Concepto.
1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 t) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, este Ayuntamiento establece la TASA POR EL SUMINISTRO DE AGUA que se regirá
por la presente Ordenanza.
2. A tenor de lo preceptuado en el art. 20 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se
declara que esta actividad administrativa es de competencia municipal, según viene
establecido en el artículo 25 de la Ley 7/85, de 2 de abril.
3. Procede igualmente la imposición de esta tasa por tratarse de servicio público que cuenta
con la reserva a favor de las Entidades Locales que establece el artículo 86 de la Ley 7/85, de
2 de abril.
Artículo 2.- Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la Tasa la prestación del servicio de distribución de agua
potable, los derechos de enganche y colocación y utilización de contadores.
CVE:
BOP-2023-2179
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de abril de 2023
N.º 0068
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