Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2023-2169)
BOP-2023-2169 Bases para la provisión, por el turno libre, mediante el sistema de oposición libre, de una plaza de Funcionario/a de Carrera.
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Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores/as, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar documento de identidad o pasaporte y
del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los/as familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar el pasaporte, el visado
y, en su caso, el resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o resguardo de haber
solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta.
También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional
de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado/a de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el/a aspirante vive a sus expensas o está a su
cargo.
Las personas nacionales de otros Estados deberán aportar la documentación que acredite que
se encuentran en situación de residente temporal o permanente, que tienen autorización para
residir y trabajar o que tienen reconocida la condición de refugiado, conforme a lo dispuesto en
la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los derechos y libertades de los/as
extranjeros/as en España y de su integración social.
2. Los/as aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su
capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Categoría / Especialidad a
la que opta. A estos efectos serán notificados/as de la citación por el Servicio de Recursos
Humanos del Ayuntamiento.
En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la Categoría / Especialidad, el/la aspirante no podrá
adquirir la condición de funcionario/a de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en
cuanto a él/ella se refiere.
En este supuesto, el informe dará lugar a una resolución de la Alcaldía por la que se
determinará la pérdida del derecho por falta de capacidad funcional. Dicha resolución se
notificará al aspirante, otorgándole el plazo de 5 días hábiles para realizar alegaciones.
3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo al
CVE:
BOP-2023-2169
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 11 de abril de 2023
N.º 0068
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