Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-2033)
BOP-2023-2033 Estatutos del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Plasencia.
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4. El Consejo Económico y Social ejercerá sus funciones, mientras permanezcan los Agentes
Económicos y Sociales que lo constituyen.
5. La Sede del CESP será la establecida por el Pleno del Consejo, o de la Comisión
Permanente en caso de urgencia, dentro siempre de la Ciudad de Plasencia.
ARTÍCULO 3º. COMPOSICIÓN.
1. El Consejo Económico y Social estará integrado por su Presidente/a y Vicepresidente/a.
Además, formaran parte del mismo un Primer grupo de 10 miembros en representación de las
organizaciones empresariales; un segundo grupo de 10 miembros en representación de las
organizaciones sindicales.
A estos dos grupos anteriores se le sumará un Grupo Tercero que estará formado por
miembros de la realidad socioeconómica de la Ciudad y de su tejido asociativo y social:
1 representante de cada uno de los grupos con representación política en el
Ayuntamiento de Plasencia.
1 del Centro Universitario de la Uex en Plasencia.
1 representante de las asociaciones de mujeres.
1 de la UNED de Plasencia.
1 del Centro Nacional de Agricultura Ecológica y de Montaña.
1 representante de cada una de las Federaciones de Asociaciones de Vecinos de
Plasencia.
1 representante de cada uno de los consejos sectoriales constituidos en el
Ayuntamiento.
1 representante de la Unión de Consumidores de Extremadura.
2. Los/as miembros del Consejo, representantes del Primer Grupo, serán designados por la
Federación Empresarial Placentina y el Círculo Empresarial Placentino.
3. Los/as miembros del Consejo, representantes del Segundo Grupo, serán designados por las
organizaciones sindicales con representación municipal.
4. Los/as miembros del Consejo, representantes del Grupo Tercero, serán propuestos para su
nombramiento, en cada caso, por las entidades o asociaciones representativas de los sectores
implicados.
CVE:
BOP-2023-2033
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de abril de 2023
N.º 0065
Pág. 9968
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4. El Consejo Económico y Social ejercerá sus funciones, mientras permanezcan los Agentes
Económicos y Sociales que lo constituyen.
5. La Sede del CESP será la establecida por el Pleno del Consejo, o de la Comisión
Permanente en caso de urgencia, dentro siempre de la Ciudad de Plasencia.
ARTÍCULO 3º. COMPOSICIÓN.
1. El Consejo Económico y Social estará integrado por su Presidente/a y Vicepresidente/a.
Además, formaran parte del mismo un Primer grupo de 10 miembros en representación de las
organizaciones empresariales; un segundo grupo de 10 miembros en representación de las
organizaciones sindicales.
A estos dos grupos anteriores se le sumará un Grupo Tercero que estará formado por
miembros de la realidad socioeconómica de la Ciudad y de su tejido asociativo y social:
1 representante de cada uno de los grupos con representación política en el
Ayuntamiento de Plasencia.
1 del Centro Universitario de la Uex en Plasencia.
1 representante de las asociaciones de mujeres.
1 de la UNED de Plasencia.
1 del Centro Nacional de Agricultura Ecológica y de Montaña.
1 representante de cada una de las Federaciones de Asociaciones de Vecinos de
Plasencia.
1 representante de cada uno de los consejos sectoriales constituidos en el
Ayuntamiento.
1 representante de la Unión de Consumidores de Extremadura.
2. Los/as miembros del Consejo, representantes del Primer Grupo, serán designados por la
Federación Empresarial Placentina y el Círculo Empresarial Placentino.
3. Los/as miembros del Consejo, representantes del Segundo Grupo, serán designados por las
organizaciones sindicales con representación municipal.
4. Los/as miembros del Consejo, representantes del Grupo Tercero, serán propuestos para su
nombramiento, en cada caso, por las entidades o asociaciones representativas de los sectores
implicados.
CVE:
BOP-2023-2033
Verificable
en:
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Martes, 4 de abril de 2023
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