Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2023-2033)
BOP-2023-2033 Estatutos del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Plasencia.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Plasencia
ANUNCIO. Estatutos del Consejo Económico y Social de la Ciudad de Plasencia.
Aprobada definitivamente la modificación del artículo 3 de los Estatutos del Consejo Económico
y Social de la Ciudad de Plasencia, se publica para general conocimiento en cumplimiento de
lo dispuesto en los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local y el art. 196.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales.
CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA CIUDAD DE PLASENCIA
(TEXTO CONSOLIDADO)
Exposición de Motivos.
Una sociedad que pretenda avanzar en un modelo de democracia participativa, tendrá que
establecer los cauces adecuados para asegurar la presencia de la ciudadanía en los ámbitos
de la política general y local.
La Constitución española de 1978, manifiesta en su preámbulo su voluntad de establecer una
democracia avanzada y en su artículo 9.2 se afirma que corresponde a los poderes públicos
«... facilitar la participación de todos/as los/as ciudadanos/as en la vida política, económica,
cultural y social».
Igualmente en su artículo 131.2 se cita «El Gobierno elaborará los proyectos de planificación,
de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y
el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales,
empresariales y económicas». A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones
se desarrollarán por Ley.
De otra parte es reconocido el papel que los agentes económicos y sociales tienen en cuanto a
la interlocución social, artículo 7 de la Constitución Española.
CVE:
BOP-2023-2033
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 4 de abril de 2023
N.º 0065
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