Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2023-1940)
BOP-2023-1940 Normas reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de la natalidad.
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línea de ayudas fomentar la natalidad y, a su vez, incentivar el comercio local, ya que las
ayudas deberán ser gastadas, al menos en un 50%, en los comercios del municipio.
NORMATIVA DE APLICACIÓN.
Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las
Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo.
Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006
de 21 de julio que aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones.
Bases de Ejecución del Presupuesto de Arroyomolinos de la Vera para el 2023.
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera y modificaciones operadas.
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del
Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas
Locales, en materia de presupuesto.
PRIMERA. OBJETO. CRITERIOS DE REPARTO. COMPETENCIA.
OBJETO.
El Objeto de estas normas es establecer las premisas específicas para regular la concesión de
la subvención objeto de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
22 de la Ley General de Subvenciones, habiéndose previsto que esta subvención se lleve a
cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta.
La subvención consistirá en transferencias corrientes del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la
Vera a los/as beneficiarios/as, siendo subvencionables las actuaciones que se detallan en la
Norma Sexta de las presentes Normas Reguladoras.
BENEFICIARIOS/AS.
Serán beneficiarios/as de esta ayuda las niñas y niños que nazcan en el año 2023 y los/as
menores de 3 años. Todos/as deben estar empadronados/as en este municipio, destinando la
subvención a la adquisición de artículos de primera necesidad, siendo obligatorio destinar al
menos el 50% del importe adjudicado a la compra de dichos artículos en los comercios de la
CVE:
BOP-2023-1940
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 31 de marzo de 2023
N.º 0063
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