Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrejoncillo. (BOP-2023-1911)
BOP-2023-1911 Aprobación definitiva Reglamento regulador de la carrera profesional.
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Ayuntamiento de Torrejoncillo
Subgrupo A1 134,72 1.616,64 242,65 2.911,74 363,97 4.367,61 485,29 5.823,48
Subgrupo A2 115,73 1.388,76 210,30 2.523,56 315,45 3.785,34 420,59 5.047,12
Subgrupo C1 84,61 1.015,32 153,67 1.844,06 230,51 2.766,09 307,34 3.688,12
Subgrupo C2 75,69 908,28 137,51 1.650,08 206,26 2.475,12 275,01 3.300,16
Agrupaciones
profesionales
66,75 801 121,32 1.455,88 181,99 2.183,82 242,65 2.911,76
ANEXO III
Proceso de Valoración de Méritos
VALORACIÓN.
La puntuación mínima requerida para superar el proceso de valoración para acceder alsiguiente nivel de carrera
profesional horizontal es la siguiente:
NIVEL
2
NIVEL
3
NIVEL
4
Subgrupo A1,
A2, C1 y C2
125 puntos 150 puntos 175 puntos
Agrupaciones
profesionales
100 puntos 100 puntos 100 puntos
Para el reconocimiento del nivel 4 de carrera profesional horizontal, solamente se podrán alegar y valorar los
méritos generados durante el tiempo de permanencia en el nivel que se encuentre en el momento de la solicitud
de acceso al nivel que se pretenda acceder. No obstante, en el momento de la solicitud de acceso al nivel 4, se
podrán alegar y valorar todos los méritos generados por el solicitante hasta la fecha de esa solicitud.
FORMACIÓN.
Se entenderá por formación recibida el conjunto de actividades que, a través del aprendizaje planificado, tienen
por objetivo el mantenimiento y la mejora de la competencia profesional con el fin de contribuir a mejorar la
CVE:
BOP-2023-1911
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 30 de marzo de 2023
N.º 0062
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