Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2023-1848)
BOP-2023-1848 Aprobación definitiva modificación Ordenanza de Policía y Buen Gobierno.
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Artículo 28. De la retirada de la vía pública y depósito de vehículos abandonados.
1. Queda prohibido el depósito permanente y abandono; en las vías públicas municipales de
cualquier clase de vehículos.
2. Cumplido el plazo no superior de diez días que se conceda por el Ayuntamiento para que
el/a particular proceda a la retirada de los vehículos, depositados en la vía pública será
sancionado y estará obligado/a al abono de los gastos ocasionados por el traslado a un
desguace.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
A partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza, quedan derogadas todas las
disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la misma.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno en
sesión ordinaria celebrada el día catorce de diciembre de dos mil veintidós, comenzará a regir
a partir del día siguiente al de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Navatrasierra (E.L.M.), 22 de marzo de 2023
Feliciano Díaz Fernández
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-1848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
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