Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2023-1848)
BOP-2023-1848 Aprobación definitiva modificación Ordenanza de Policía y Buen Gobierno.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Entidades Locales Menores
Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.)
ANUNCIO. Aprobación definitiva modificación Ordenanza de Policía y Buen
Gobierno.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Navatrasierra de aprobación de la modificación de la Ordenanza de Policía y Buen Gobierno,
cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO.
Artículo 1.
La presente Ordenanza tiene como objetivo principal lograr el bienestar colectivo y organizar la
comunidad de tal forma que se consiga una convivencia ciudadana en paz y en igualdad de
derechos y obligaciones.
Artículo 2.
A todos/as los/as vecinos/as de la delimitación territorial de la Entidad Local Menor de
Navatrasierra y residentes temporales se les reconoce el derecho a disfrutar por igual de los
servicios municipales y en general, de cuantos beneficios les atribuyan las disposiciones
vigentes, con arreglo a las normas que los establezcan y regulen.
Todos/as los/as vecinos/as de la delimitación territorial de la Entidad Local Menor de
Navatrasierra y residentes temporales tienen derecho a la protección de sus personas y bienes,
así como a dirigir instancias y solicitudes a la Autoridad Local en asuntos que sean de su
competencia.
Artículo 3.
Todas las personas que se encuentren en la delimitación territorial de la Entidad Local Menor
CVE:
BOP-2023-1848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
Pág. 9476