Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2023-1830)
BOP-2023-1830 Bases para la provisión en comisión de servicio de una plaza de Agente de la Policía Local 2023.
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c) Contar con la conformidad de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia.
d) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en
virtud de resolución firme. No se tendrá en cuenta las canceladas.
e) No encontrarse afectado en procedimiento administrativo o judicial que sea o pueda
ser incompatible con el ejercicio de sus funciones.
2.2. Todos los requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Tercera. Presentación de solicitudes.
3.1. La presente convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, tablón de
anuncios del Ayuntamiento y página web municipal salvo existencia de problemas técnicos.
3.2. Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde, y se
presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de cinco días hábiles dado el
carácter de urgencia de la convocatoria, ya que se necesita de manera inmediata un efectivo
para prestar servicios esenciales en este municipio, a partir del siguiente a aquel en que
aparezca la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Podrán
presentarse por cualquier medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.3. A las solicitudes deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de
los requisitos exigidos en la presente convocatoria, a saber:
a) Certificación expedida por el Sr. Secretario del Ayuntamiento de procedencia
acreditativa de que el/la aspirante en cuestión es funcionario/a del Cuerpo de la Policía
Local del Ayuntamiento respectivo con la categoría de Agente de la Policía Local, así
como de que se encuentra en servicio activo, faltándole al menos dos años para el pase
a la situación de segunda actividad por razón de edad.
b) Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de procedencia por el que muestra su
conformidad y autoriza la comisión de servicios.
c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
d) Certificado acreditativo de carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en
su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las
canceladas.
CVE:
BOP-2023-1830
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
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