Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1811)
BOP-2023-1811 Bases reguladoras Convocatoria Clubes, Asociaciones y Entidades Deportivas 2023.
26 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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2) Pago mediante cheque.
En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del/a proveedor/a que emite la
factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
3) Pagos en efectivo, hasta el límite legal establecido en el art. 7 de la Ley 7/2012, de 29 de
octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la
normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra
el fraude, modificado por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha
contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de
julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden
directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas
tributarias y en materia de regulación del juego.
Estos pagos se justificarán mediante recibo que acredite que al/a emisor/a de la factura le ha
sido satisfecho el importe. Este recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de
pago”, “Recibí en efectivo” o similar; nombre y apellidos o razón social, DNI/NIF, firma de la
persona que recibe dicho pago (cobrador); identificación de la factura a la que corresponde el
pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se plasmen en el mismo
documento de factura.
4) Pagos con tarjeta bancaria.
Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta, y la titular de la tarjeta
habrá de ser la entidad o estar asociada a la misma.
5) Otros pagos
En el caso de los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social deberá
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el pago. El ingreso de las retenciones del
IRPF se justificará con el modelo 111, que deberá ir con sello de caja o bien adjuntarse el
comprobante bancario que acredite el ingreso; y con el modelo 190, resumen anual, que
contiene el listado de trabajadores.
Se admitirán los documentos acreditativos de pagos realizados a través de plataformas de
pago electrónico, siempre que se realicen con monedas oficiales.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades
realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por
fotografías, vídeos u otros soportes digitales, o fuera requerido así por el órgano gestor, su
CVE:
BOP-2023-1811
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
Pág. 9370
En estos casos se aportará copia del cheque emitido a nombre del/a proveedor/a que emite la
factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
3) Pagos en efectivo, hasta el límite legal establecido en el art. 7 de la Ley 7/2012, de 29 de
octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la
normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra
el fraude, modificado por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha
contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de
julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden
directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas
tributarias y en materia de regulación del juego.
Estos pagos se justificarán mediante recibo que acredite que al/a emisor/a de la factura le ha
sido satisfecho el importe. Este recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de
pago”, “Recibí en efectivo” o similar; nombre y apellidos o razón social, DNI/NIF, firma de la
persona que recibe dicho pago (cobrador); identificación de la factura a la que corresponde el
pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se plasmen en el mismo
documento de factura.
4) Pagos con tarjeta bancaria.
Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta, y la titular de la tarjeta
habrá de ser la entidad o estar asociada a la misma.
5) Otros pagos
En el caso de los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social deberá
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el pago. El ingreso de las retenciones del
IRPF se justificará con el modelo 111, que deberá ir con sello de caja o bien adjuntarse el
comprobante bancario que acredite el ingreso; y con el modelo 190, resumen anual, que
contiene el listado de trabajadores.
Se admitirán los documentos acreditativos de pagos realizados a través de plataformas de
pago electrónico, siempre que se realicen con monedas oficiales.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades
realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por
fotografías, vídeos u otros soportes digitales, o fuera requerido así por el órgano gestor, su
CVE:
BOP-2023-1811
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
Pág. 9370