Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-1810)
BOP-2023-1810 Bases Reguladoras Convocatoria Eventos Culturales 2023.
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factura, acompañada de copia sellada del extracto bancario que incluye el cargo.
3) Pagos en efectivo, hasta el límite legal establecido en el art. 7 de la Ley 7/2012, de 29 de
octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la
normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra
el fraude, modificado por la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha
contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de
julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden
directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas
tributarias y en materia de regulación del juego.
Estos pagos se justificarán mediante recibo que acredite que al emisor de la factura le ha sido
satisfecho el importe. Este recibo debe contener al menos: término “Recibí, “Recibo de pago”,
“Recibí en efectivo”, “Contado”, “Pago en efectivo” o similar; nombre y apellidos o razón social,
DNI/NIF, firma de la persona que recibe dicho pago (cobrador); identificación de la factura a la
que corresponde el pago y su fecha; fecha de cobro. También se admite que estos datos se
plasmen en el mismo documento de factura.
4) Pagos con tarjeta bancaria.
Se justificarán mediante el documento de cargo del pago con la tarjeta cuyo titular habrá de ser
la entidad o estar asociada a la misma.
5) Otros pagos.
- En el caso de los recibos de Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social deberá
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el pago. El ingreso de las retenciones
del IRPF se justificará con el modelo 111, que deberá ir con sello de caja o bien
adjuntarse el comprobante bancario que acredite el ingreso; y con el modelo 190,
resumen anual, que contiene el listado de trabajadores/as.
- Se admitirán los documentos acreditativos de pagos realizados a través de plataformas
de pago electrónico, siempre que se realicen con monedas oficiales.
Las subvenciones serán sometidas a control financiero de conformidad con lo establecido en el
Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control
interno en las entidades del Sector Público Local así como en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
CVE:
BOP-2023-1810
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 28 de marzo de 2023
N.º 0060
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