Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-1789)
BOP-2023-1789 Convenio de Adhesión al Consorcio del Municipio de La Pesga.
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CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
d) Un representante de los municipios consorciados con población igual o superior
a cinco mil habitantes, designado por la Junta General.
e) Dos representantes de los municipios consorciados con población igual o inferior
a mil habitantes, designados por la Junta General.
f) Un representante de las mancomunidades consorciadas, designado por la Junta
General.
g) El secretario/a o el funcionario/a en el que se haya producido la oportuna
delegación administrativa.
h) El responsable del control interno del consorcio.
i) Podrán asistir a las sesiones con cometidos exclusivos de asesoramiento los
técnicos que el Presidente o Vicepresidente considere oportuno.
2.- Son atribuciones del Consejo de Administración:
a) Elaborar las líneas generales de la programación anual, así como las normas de
régimen interior y el de prestación de los servicios.
b) Ejercer la supervisión técnica de los programas, proyectos y métodos de trabajo.
c) Realizar protocolos de evaluación.
d) Elaborar los programas o actividades nuevas a desarrollar.
e) Elaboración de documentación unificada de trabajo.
f) Todas las que la Junta General acuerde delegarle.
g) La aprobación del régimen retributivo del personal, salvo en los casos en los que
dicha aprobación exija modificación de la relación de puestos de trabajo.
h) La incoación, trámite y aprobación de modificaciones presupuestarias no
atribuidas por los presentes estatutos al Vicepresidente.
i) La concertación de operaciones de crédito y tesorería, no atribuidas por los
presentes estatutos al Vicepresidente.
j) La enajenación y gravamen de bienes y derechos de los que sea titular el
consorcio, en concepto de dueño.
k) La aprobación de Ordenanzas tributarias, el establecimiento y ordenación de
precios públicos, así como cualquier otra contraprestación o tarifa, así como
cualquier otra Ordenanza de naturaleza no Tributaria.
CVE:
BOP-2023-1789
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 27 de marzo de 2023
N.º 0059
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